Escrito de excepciones previas
JUEZ 31 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ.
RADICADO: 2010-794
REFERENCIA: RECURSO DE REPOSICIÓN.
PROCESO: Ejecutivo.
DEMANDANTE: COOPERATIVA CENTRAL DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO LTDA. DEMANDADO: MARTÍN ELÍAS ARAQUE CAÑOLA.
ÁNGELA MARÍAHOYOS CORREA, abogada, mayor y residente en Medellín, identificada como aparece al pie de mi firma, en mi condición de apoderada del señor MARTÍN ELÍAS ARAQUE CAÑOLA demandado en el proceso de la referencia, interpongo ante su despacho RECURSO DE REPOSICIÓN contra el mandamiento de pago, por existir la excepción de falta de competencia por el domicilio de la persona demandada, basándome en loshechos que expongo a continuación y con el fin de que se hagan las siguientes
DECLARACIONES
1. Se declarare probada la excepción previa de falta de competencia por el domicilio del demandado, prevista en el numeral 2º del artículo 97 del Código de Procedimiento Civil, se tomen las medidas correspondientes y se remita el expediente a los juzgados civiles de Medellín.
2. Se condene aldemandante al pago de los perjuicios que ha ocasionado con esta demanda.
3. Condenar a la parte demandante al pago de las costas y gastos que ha acarreado este proceso.
HECHOS
1. El señor MARTÍN ELÍAS ARAQUE CAÑOLA fue demandado por COOPERATIVA CENTRAL DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO LTDA. ante su despacho en la ciudad de Bogotá, lugar en el cual el demandado no tiene su domicilio yjamás lo ha tenido.
2. El demandado conoció de la existencia de dicha cooperativa en la ciudad de Medellín, a través del señor JAIRO PARRA, quien labora como representante de dicha cooperativa en esta ciudad, domicilio del demandado, la oficina del señor Parra está ubicada en la carrera 52 N. 51ª-23, oficina 401, en el centro de Medellín.
3. A través de la señora ADRIANA LONDOÑO, quien laborabapara dicha entidad, el señor ARAQUE solicitó un crédito de libranza al señor JAIRO PARRA -COOPERATIVA CENTRAL DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO LTDA.-, por un valor mucho inferior al hoy demandado (pues sus ingresos mínimos no le permiten acceder a grandes créditos), el crédito no fue aprobado (así se le notificó al demandado) y los documentos que se firmaron y entregaron para el estudio del crédito nuncafueron devueltos a mi representado.
4. Tiempo después, el señor ARAQUE se enteró de esta demanda por la medida cautelar de embargo de su pensión mínima, y aparece un título que no corresponde ni es resultado de una realidad, pues al señor ARAQUE no le fue entregado el dinero, a él se le informó que el crédito no fue aprobado, entre otras cosas, pues su pensión es por un salario mínimo, y lademanda es por valor de $14.000.000 de pesos, valor que dicha cooperativa jamás habría prestado a una persona con este ingreso mínimo, ni siquiera una cifra cercana a esta, realmente ni la mitad de esta. El señor ARAQUE ha interpuesto la denuncia respectiva ante la Fiscalía General de la Nación, la cual es adelantada por la Fiscalía 186 de Medellín, con el Código Único de Investigación N.050016000206201135614.
5. El demandado nunca recibió dicho dinero, y al enterarse del embargo ha descubierto que se interpuso esta demanda en su contra en la ciudad de Bogotá, lugar que nunca ha sido su lugar de residencia y al que no ha ido de visita siquiera hace mas de 40 años,
6. Desde las oficinas de COOPERATIVA CENTRAL DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO LTDA. en la ciudad de Bogotá, inclusive antes deinterponer la demanda, se realizaron llamadas al demandado, dichas llamadas fueron hechas a su domicilio en la ciudad de MEDELLÍN, es de su pleno conocimiento el lugar de residencia del señor ARAQUE, igualmente se ha hablado sobre este tema con el gerente en Bogotá: el señor CARLOS GARZÓN CANTOR, las funcionarias de la cooperativa en esa ciudad, con el abogado demandante DIEGO CUELLAR, con su...
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