ESCRITO
S. J. L. EN LO CIVIL DE PUENTE ALTO (1º)
CLAUDIA ANDREA ROMERO SANCHEZ, Cédula de Identidad Nº 12.472.661-1, Dueña de casa, Casada, Chilena y con domicilio en Pasaje Cerro Manantial Nº 1426, Villa Cerrito Arriba, Comuna de Puente Alto, en causa Rol Nº C-15.322-2013, a Vuestra Señoría respetuosamente me dirijo:
Que,estando dentro de plazo y según lo establece el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, vengo en deducir NULIDAD PROCESAL en contra de la actuación judicial celebrada con fecha 13/03/2014, esto es, el comparendo de contestación y conciliación celebrado en la causa, en virtud de los argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:
Que, con fecha 07/03/2014 fui notificada de la demanda determino de contrato de arriendo y su correspondiente proveído, el que indicaba y ordenaba el deber de comparecer al 5º día de notificada al procedente comparendo decretado en la causa, cuya fecha de celebración correspondería el día jueves 13 de marzo del año en curso.
Evidentemente, sin entender el argumento y motivo que tuvo el demandante para iniciar semejante acción, la cual carece defundamento completamente, según se acreditara en la oportunidad procesal correspondiente, a la fecha indicada en que debía celebrarse dicho comparendo, no concurrí con patrocinio de abogado habilitado, pues en un tiempo tan limitado y aun en shock, no tuve el tiempo necesario para asesorarme con abogado y menos aun contactar uno para que concurriese en mi representación el indicado día. Si perjuicio deello, igualmente concurrí al citado comparendo y una vez en el tribunal, éste se llevo a cabo aun cuando no contaba con patrocinio de abogado habilitado que me representase, en circunstancias que la parte demandante aun cuando no se presento, si lo hizo su abogado. Celebrándose finalmente el comparendo de contestación y conciliación irrespetando todas y cada una de las disposiciones que regulanla materia contenidas tanto en la Ley 18.120 de Comparecencia en Juicio, Código de Procedimiento Civil y peor aun Garantías Fundamentales tales como la contenida en el articulo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la Republica, cual es: “La igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos.” Vulnerándose con ello indiscutiblemente principios básicos sobre los cuales descansa nuestroaparataje legal y judicial como lo es la “Bilateralidad de la Audiencia”. Puesto que al no haber comparecido debidamente representada, el tribunal debió haber tomado las medidas de resguardo en pro de mis derechos, suspendiendo el comparendo, dándome con ello la posibilidad de concurrir debidamente representada, mas no ocurrió así y pese a haberlo solicitado, el tribunal hizo caso omiso de ello,violentando mis derechos en toda su extensión.
Es menester manifestar a Vuestra Señoría, que lo ocurrido aquel día, lo cual fue amparado y respaldado por el tribunal, además de violentar mis derechos, transgrede igualmente una serie de normas que regulan la materia. Así, el artículo 4º del Código de Procedimiento Civil establece: “Toda persona que deba comparecer en juicio a su propio nombre ocomo representante legal de otra, deberá hacerlo en la forma que determine la ley.” Es del caso señalar que inicialmente el tribunal violento tal artículo, pues si bien los jueces de la republica gozan de la facultad de imperio, tal facultad de la cual están investidos comprende entre otras la aplicación de la ley en todas sus formas y extensión, no la omisión de ésta, lo que en el caso que nosconvoca si fue omitida, pues no es un juez quien determina la forma en que debe comparecer una persona ante un tribunal, sino es la ley quien lo determina. Por lo que un juez no tiene facultad para pasar por sobre la ley y decidir éste la forma en que debe o debería concurrir una persona ante un tribunal.
Siguiendo el tenor de la disposición citada, que establece que es la LEY quien determina la...
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