Escuchas telefonicas
CONCEPTO: Son medidas instrumentales que suponen una restricción de lo que es el derecho fundamental en el secreto de las comunicaciones y queaparecen solicitadas por la Fiscalía General de la República y autorizadas por el juez en el procedimiento penal ya sea frente al imputado o con las personas que el se comunique con el objetivo deobtener la información de las conversaciones que ayuden a la investigación de los delitos que se estén trabajando ya que pueden servir de elementos probatorios.
FUNDAMENTO: Restricción del derecho alsecreto de la comunicación telefónica como manifestación del derecho a la intimidad personal, como respeto del ámbito de la vida personal y familiar. Artículos 2 de la constitución, 17 del PactoInternacional de los Derechos Civiles y Políticos y 11 de la Convención Americana Sobre los Derechos Humanos.
REQUISITOS PARA LAS INTERVENCIONES TELEFONICAS.
1. La exclusividad jurisdiccional dedichas intervenciones.
2. Su finalidad exclusivamente probatoria.
3. Su proporcionalidad
4. Implica un procedimiento, previo o simultaneo, a la autorización.
5. La limimitacion temporal dela misma.
6. La excepcionalidad de la medida.
7. La especialidad del hecho delictivo que se investigue.
8. La suficiente motivación de la correspondiente resolución judicial.
9. Laexistencia previa de indicios de la comisión de un delito.
10. El riguroso control judicial de la medida, tanto en su ordenación como en su desarrollo y cese.
11. La medida deberá de recaer solosobre los teléfonos de las personas indiciariamente implicadas, sean los titulares o usuarios habituales de los mismos.
¿INTERVENCION O INTERCETACION?
DEFINICIONES (INTERVENCION)
Medidainstrumental que implica restricción al secreto de las comunicaciones: que ha de ser ordenada por el juez de instrucción en un procedimiento penal, bien frente al imputado, bien frente a otros con los cuales...
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