ESPAÑOL
Nombre: Carolina Romero Mercado Grupo: 112 N.L: 41
ACTIVIDAD DE: aplicación
EL MACHISMO EN MEXICO
Introducción
Cuesta trabajo decir o escribir completaesta frase: “preferencias sexuales”. Tanto trabajo cuesta que, en 2001, cuando se reformó nuestra Constitución para incluir en ella una cláusula antidiscriminatoria, se prohibió (en el Artículo 1º,párrafo tercero) discriminar, entre otras razones, por “preferencias”. Sensibilidades morales de legisladores de entonces, no muy distintas de otras de nuestros días, prefirieron no escribir un adjetivo queprecisara el contenido de las preferencias a proteger por el Estado mexicano.
Desarrollo:
Este sentido preciso de las preferencias se hizo visible en la legislación reglamentaria de ese párrafoconstitucional. En efecto, en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, de 2003, la cláusula antidiscriminatoria ya prohíbe, de manera explícita, discriminar por preferenciassexuales. La Suprema Corte de Justicia ha interpretado en un sentido similar el mandato constitucional, pues en varias sentencias ha tutelado el derecho de las personas a no ser discriminadas por razón de suelección sexual. Por ello, es una buena noticia que la Cámara de Diputados haya aprobado una reforma del mencionado párrafo de la Constitución para explicitar en ella el adjetivo “sexuales”. Faltatodavía un tramo importante para que se concrete la reforma, pues es necesario que el Senado la revalide y que haga lo mismo la mitad más una de las legislaturas locales. Sólo hasta que se encare esteproceso se podrá saber si las posiciones conservadoras que anidan en tantos espacios de nuestra vida pública contemplan como un agravio moral el uso explícito del adjetivo. Por otra parte, resultaencomiable de esta reforma a la Constitución que el adjetivo “sexuales” se agregue al nombre “preferencias”, sin que este último se cambie por otro. Lo que debe protegerse es, en efecto, la preferencia...
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