español
La definición que del trabajo hace el código sustantivo del trabajo, sealeja bastante de la definición económica o sociológica, puesto que la legislación laboral considera trabajo a toda actividad humana, siempre y cuando se realice con la existencia de un contrato detrabajo, por tanto, para la legislación laboral, si no hay un contrato de trabajo de por medio [verbal o escrito], cualquier actividad que realice un individuo no se considera trabajo. Resulta obviaesta definición, toda vez que si para efectos laborales se considerara trabajo cualquier actividad humana desarrollada, así fuera sin la existencia de un contrato laboral, cualquier persona podríatrabajar en la propiedad de otra sin su consentimiento y luego exigir el reconocimiento de su trabajo.
En economía en cambio se considera trabajo toda actividad humana que busca producir en conjunto conel capital y la tierra. El trabajo no es más que un factor de la producción y fuente de progreso y riqueza.
La sociología por su parte, define el trabajo como una actividad social necesariaprecisamente para mantener la armonía y lograr la consolidación y desarrollo de cualquier sociedad.
Es importante también anotar la claridad que hace la ley en el sentido de considerar trabajo únicamentea las actividades desarrolladas por las personas naturales, por lo que no es posible que se pueda firmar un contrato de trabajo entre dos personas jurídicas, por tanto, cualquier relación entrepersona jurídicas que implique algún forma de trabajo, será regulada por el código de comercio o el código civil, según sea la naturaleza de la relación.
Si existe un contrato de servicios o de...
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