Espectaculos Publicos
Ley General de Espectáculos Públicos, Materiales Audiovisuales e Impresos – Ley 7440 y Reglamento 26937-J
4 de junio de 2013
Ley General de Espectáculos Públicos, Materiales Audiovisuales e Impresos – Ley 7440
Nuestro país promulgó la Ley General de Espectáculos Públicos, Materiales Audiovisuales e Impresos, N° 7440 de 11 de octubre de 1994. con el fin dedesarrollar estas normas y de definir un régimen jurídico que permita la protección de la sociedad y en particular de los menores de edad y de la familia, contra todo material que viole la Constitución, el Derecho Internacional vigente en nuestro país y la Ley.
La ley 7440 viene a ser complementada con el reglamento número 26937-J el cual también se desarrollara en este trabajo.
Origen
Ley Generalde Espectáculos Públicos, Materiales Audiovisuales e Impresos tiene origen en diversas normas constitucionales como lo es el artículo 28 de la constitución política que establece: “Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden público, o que no perjudiquen a tercero, están fuera de la acción de la ley.”, del cual se sobreentiende que se permite todas las acciones privadas siempre ycuando no dañen la moral o el orden públicos, o que no perjudiquen a tercero.
Asimismo el artículo 32 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos o Pacto de San José. aprobada por ley N° 4534 de 23 de febrero de 1990 ,declara que toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad y la humanidad, y que los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por laseguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática.
Por otra parte, conforme a los artículos 121.14.c), y 140.19 de la Constitución, los servicios inalámbricos no pueden salir del dominio del Estado, normas que han sido desarrolladas por la Ley de Radio y Televisión, N° 1758 de 19 de junio de 1954 y que ha permitido el otorgamiento de concesiones para laexplotación de servicios inalámbricos por empresas comerciales dedicadas a la radiodifusión y la radiotelevisión; por lo que éstas no pueden emplear las frecuencias otorgadas por el Estado, para otros fines que los permitidos por la Constitución, el Derecho Internacional y la Ley.
La Convención de los Derechos del Niño, aprobada en nuestro país por Ley N° 7184 del 18 de julio 1990, obliga al Estadocostarricense a proteger a los menores de edad, atendiendo a su interés superior, su bienestar social, espiritual y moral, y a su salud física y mental, por lo que deberá alentar a los medios de comunicación a difundir información y materiales de interés social y cultural para el niño. Por este medio se ve una protección fundamental a los menores de edad, por el hecho de pertenecer a un grupovulnerable de la sociedad, donde la mayoría de este grupo aprende generalmente de los programas televisivos que ven.
La ley para la Eliminación de la Discriminación Racial en los Programas Educativos y los Medios de Comunicación Colectiva, Ley N° 7111 del 20 de noviembre de 1997 obliga al Estado a impedir y a eliminar toda comunicación y difusión en los medios de comunicación colectiva, radiofónica,televisiva o periodística, sea por anuncios publicitarios, medios de difusión audiovisual y escrituras en general, de conceptos, temas o mensajes con contenido discriminatorio contra las personas.
La Convención Internacional para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, "Belem do Pará", en su artículo ocho, impone a los Estados a crear programas de educación formales einformales para la modificación de los patrones socio-culturales que promuevan las prácticas violentas que mediatizan las relaciones sociales y pide alentar a los medios de comunicación a elaborar directrices de difusión que contribuyan a erradicar la violencia contra la mujer.
Por lo tanto, en aplicación de nuestra Constitución Política, los tratados internacionales vigentes y las leyes promulgadas...
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