espero les sirva
Para el cumplimiento de sus funciones de control, el servicio aduanero adoptara las medidas que resultaren más convenientes de acuerdo a las circunstancias, tales como la verificación de lamercadería en cualquier ámbito en que se encontrare, la imposición de sellos y precintos y el establecimiento de custodias.
La entrada y salida de personas al territorio aduanero, así como laimportación y exportación de mercadería, deben efectuarse en las horas, por las rutas y por los lugares que se habilitaren al efecto, previa autorización del servicio aduanero.
Cualquiera fuerela zona de que se tratare, los agentes del servicio aduanero y dentro del ámbito de sus respectivas competencias, los de las fuerzas de seguridad y policiales podrán proceder a la identificacióny registro de personas y mercadería, incluidos los medios de transporte, cuando mediaren sospechas de la Comisión de algún ilícito aduanero, así como también aprehender, secuestrar ointerdictar la mercadería de que se tratare, poniendo la misma a disposición de la autoridad competente dentro de las 48 horas.
Cuando la ilicitud pudiera constituir delito de contrabando, su tentativa oencubrimiento, los agentes del servicio aduanero y los de las fuerzas de seguridad y policiales deberán detener a los responsables cualquiera fuere la zona en que estos se encontraren y daránaviso inmediato a la autoridad judicial competente, poniéndolos a su disposición dentro de las 48 horas. A tales efectos, cuando dichos funcionarios se encontraren en persecución de personas quehubieren cometido tales delitos, podrán allanar y registrar el domicilio, residencia o lugar en que aquellas personas se hubieren introducido, sin necesidad de previa autorización judicial.
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