ESTABILIDAD LABORAL GERENTES GENERALES

Páginas: 29 (7219 palabras) Publicado: 8 de febrero de 2016
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1893/2013
Sucre, 29 de octubre de 2013
SALA TERCERA
Magistrada Relatora: Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños
Acción de amparo constitucional
Expediente:
Departamento:

03959-2013-08-AAC
Chuquisaca

En revisión la Resolución 235/2013 de 18 de junio, cursante de fs. 151 a 156,
pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por
LeonardoNavia Quiroga contra Antonio Guido Campero Segovia y
Norka Natalia Mercado Guzmán; Magistrados de la Sala Social y
Administrativa; y, Maritza Suntura Juaniquina, Magistrada de la Sala
Penal Segunda; todos del Tribunal Supremo de Justicia.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURIDICA
I.1. Contenido de la demanda
Mediante memoriales presentados, el 5 y 10 de junio de 2013, cursantes de fs.
12 a 23 vta.;y, el de subsanación de 10 del mismo mes y año (fs. 27 a 28), el
accionante expresa los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 18 de junio de 2008, la Gerencia General de BBVA Previsión AFP S.A. emitió
el Memorándum de despido en su contra, del cargo que ejercía como Gerente
de Operaciones, en aplicación del art. 327 del Código de Comercio (CCom);
normaque dispone que el directorio puede delegar sus funciones ejecutivas de
administración, nombrando gerente o gerentes generales o especiales que
pueden ser directores o no, con facultades y obligaciones expresamente
señaladas; el cargo de gerente será remunerado y su mandato revocable en

todo tiempo por acuerdo del directorio, además que los gerentes responden
ante la sociedad y terceros por sudesempeño, en la misma forma que los
directores. Su designación no excluye la responsabilidad propia de los
directores.
Contra dicha determinación, el 22 de octubre de 2008, inició un proceso social
por reincorporación; que concluyó con la emisión de la Sentencia 237 de 27 de
abril de 2011, que declaró probada la demanda, bajo el argumento que el art.
327 del CCom no era aplicable como causal dedespido justificado, pues para
que exista una ruptura de la relación laboral, ésta debe ser con motivo justo,
conforme establece el art. 10 del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo
de 2006; y la pérdida de confianza, no se encuentra comprendida dentro de las
causales del art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT).
La Sentencia de primera instancia, mereció recurso de apelación por parte de
BBVAPrevisión AFP S.A., el que, previa respuesta del demandante, se resolvió
a través del Auto de Vista 473 de 2 de diciembre de 2011, por el cual, la Sala
Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,
confirmó en todas sus partes la Sentencia impugnada; provocando que la
Empresa demandada interpusiera recurso de casación, alegando violación,
interpretación errónea yaplicación indebida de la ley y supuestos errores de
hecho y de derecho en la apreciación de la prueba; mereciendo Auto Supremo
493 que casó el Auto de Vista 473 y declaró improbada la demanda de
reincorporación, salvando los derechos del autor, para que pueda demandar el
pago de sus beneficios sociales y derechos laborales adquiridos que le
correspondan.
Agrega que, en el precitado Auto Supremo,las autoridades codemandadas
consideraron únicamente lo mencionado por BBVA Previsión S.A. y no así los
argumentos contenidos en la respuesta al recurso de casación, presentada por
su parte; y si bien reconocieron la existencia de una relación laboral entre el
ahora accionante con la precitada Empresa; sin embargo, no actuaron
conforme a las normas del Derecho del Trabajo a tiempo de emitir sufallo al
remitirse a normas de orden comercial, como es el art. 327 del CCom; además
que aplicaron jurisprudencia contenida en la SC 1311/2005-R de 18 de octubre.
I.1.2. Derechos y garantías vulnerados
El accionante señala como lesionados sus derechos al debido proceso, a la vida
y a la estabilidad laboral; citando al efecto los arts. 15.I, 48.II, 49.III y 115.II
de la Constitución Política del...
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