Establecimientos De Gestion De Transferencias
A) Titular de un establecimiento de cambio de moneda y/o gestión de transferencia de dinero
Los establecimientos que gestionan ambas o alguna de estas actividades requieren una autorización previa y su inscripción en el Registro de entidades del Banco de España.
El Banco de España, previo informe del ServicioEjecutivo de la Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias, autorizara el ejercicio de la actividad de cambio de moneda y/o transferencia de dinero. En la autorización se especificarán las actividades que podrán realizar los mencionados establecimientos.
Los requisitos de esa autorización serán los siguientes:
1) Revestir como forma jurídica, la de sociedadanónima, constituida mediante el procedimiento de fundación simultánea. Su constitución e inscripción en el Registro Mercantil será previa al acceso al Registro de Establecimientos en el Banco de España, trámite que deberán cumplimentar en el término de seis meses desde la notificación de la autorización.
2) Tener como único objeto social las operaciones de compra y venta de billetes extranjeros,cheques de viajero y de gestión de transferencias con el exterior.
3) Tener el capital social íntegramente suscrito y desembolsado en efectivo, representado mediante acciones nominativas. En función de las operaciones que realicen las cuantías que deberá alcanzar el capital social, serán las siguientes:
• 60.101,21 € cuando su objeto social se limite, exclusivamente, a las operaciones decompraventa de billetes extranjeros y cheques de viajero, contra entrega de su contravalor en euros o en otros billetes de Banco extranjeros. Ejemplos: Los hoteles
• 300.506,05 € cuando su objeto social incluya, además de lo previsto en el párrafo anterior, o consista exclusivamente en la gestión de transferencias con el exterior en concepto de gastos de estancias en el extranjero yremesas de trabajadores domiciliados en España.
• 1.803.036,30 € cuando el objeto social del establecimiento comprenda, además de lo contemplado en los dos párrafos anteriores, o consista exclusivamente en la gestión de transferencias con el exterior por conceptos distintos de los antes indicados.
4) Tener asegurada frente a terceros la responsabilidad civil que pudiera derivarse de suactividad de gestión de transferencias con el exterior en concepto de gastos de estancia en el extranjero y de remesas de trabajadores domiciliados en España mediante póliza de seguro suscrita con una entidad aseguradora habilitada legalmente para operar en el seguro de responsabilidad civil, por un importe no inferior a 300.506,05 €. En los restantes casos de transferencias con el exterior, distintos delos mencionados anteriormente, la cuantía de la póliza de seguro se elevará a un importe no inferior a 1.803.036,30 €.
5) Contar con procedimientos y órganos adecuados de control interno y de comunicación para prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales, en las condiciones establecidas en la Ley 19/1993 sobre medidas de prevención del blanqueo decapitales.
6) Sobre los administradores y altos directivos de la entidad debe concurrir y acreditar honorabilidad comercial y profesional en su trayectoria personal así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y bancarias. Además estos deben inscribirse en el registro de altos cargos del Banco España
La solicitud de autorización se dirigirá al Banco de España y deberá serresuelta dentro de los tres meses siguientes a su recepción en el Banco de España. Cuando la solicitud no sea resuelta en el plazo previsto, la misma se entenderá desestimada.
Una vez obtenida la autorización y tras su inscripción en el Registro Mercantil, el Banco de España procederá de forma inmediata a la inscripción del solicitante en el Registro de establecimientos de cambio de moneda, así...
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