ESTATUTOS (PARTE 2)
DÉCIMO NOVENO. Publicación de Convocatorias. Las convocatorias para las Asambleas de Accionistas deberán publicarse en uno de los periódicos de mayor circulación del domicilio social de la Sociedad, por lo menos, con 25 (veinticinco) días naturales de anticipación a la fechaseñalada para la Asamblea. Desde el momento en que se publique la convocatoria para las Asambleas de Accionistas, deberán estar a disposición de los accionistas, de forma inmediata y gratuita, la información y los documentos relacionados con cada uno de los puntos establecidos en el orden del día. Cuando la Asamblea de Accionistas sea convocada para discutir y, en su caso, resolver sobre la designación delos miembros del Consejo de Administración, deberá de ponerse a disposición de los accionistas la propuesta de integración del Consejo de Administración, incluyendo la distinción de qué Consejeros calificarán como Patrimoniales y qué Consejeros calificarán como Independientes, así como el perfil profesional de cada uno de los candidatos.
ARTÍCULO VIGÉSIMO. Derecho de Asistencia. Para asistir alas Asambleas, los accionistas deberán estar inscritos en el libro de registro de acciones que lleve la Sociedad, debiendo obtener en su caso, con la anticipación que establezca la convocatoria respectiva, de la secretaría del Consejo de Administración, la correspondiente constancia para ingresar a la Asamblea. Los accionistas podrán ser representados en las asambleas por la persona o personas quedesignen mediante carta poder firmada ante 2 (dos) testigos o por apoderados con poder general o especial suficiente otorgado en términos de la legislación aplicable. Los miembros del Consejo de Administración así como los miembros de los comités de la Sociedad, no podrán representar a los accionistas en asamblea alguna.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. Instalación de la Asamblea. La Asamblea GeneralOrdinaria de Accionistas se considerará legalmente instalada en virtud de primera convocatoria si a ella concurren los accionistas que representen, por lo menos, el 50% (cincuenta por ciento) del capital social. Tratándose de segunda o ulterior convocatoria, con la expresión de esta circunstancia, la Asamblea General Ordinaria de Accionistas se considerará legalmente instalada con cualquiera...
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