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10º PRINCIPIO DE LESIVIDAD. ESTUDIO DEL PRINCIPIO Y SU APLICACIÓN EN CASOS DE EXCESO DE LA DOSIS PERSONAL DE ESTUPEFACIENTES
Proceso No 31531
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado ponente:
YESID RAMÍREZ BASTIDAS
Aprobado Acta N° 209
Bogotá, D. C., julio ocho (8) de dos mil nueve (2009).
VISTOS:
Seprocede a resolver el recurso de casación interpuesto por la defensora de Ancízar Jaramillo Quintero, contra la sentencia del Tribunal de Armenia que confirmó la dictada por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de conocimiento de esa ciudad, mediante la cual se le condenó como autor responsable del delito de llevar consigo sustancia estupefaciente.
HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL:
1.- Losprimeros fueron tratados en el fallo impugnado de la siguiente manera:
El cinco (5) de agosto de dos mil ocho (2008), siendo las 4:25 de la tarde, en el sector de la carrera 18 con calle 51 de Armenia, agentes de la Policía Nacional sorprendieron al señor Ancízar Jaramillo Quintero cuando portaba 1.3 gramos de cocaína que llevaba en dos papeletas.
2.- Por los anteriores acontecimientos, el 5 deagosto de 2008 la Fiscalía Primera Seccional URI formuló imputación ante el Juzgado Quinto Penal Municipal con funciones de control de garantías contra Ancízar Jaramillo Quintero como autor del delito de porte de estupefacientes en la modalidad de “llevar consigo”, atribución a la que se allanó.
3.- El 19 de septiembre de ese año se radicó escrito de acusación y el 23 deoctubre siguiente el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Armenia con funciones de conocimiento, lo condenó a la pena principal de sesenta y cuatro (64) meses de prisión, multa de un millón doscientos veintisiete mil quinientos noventa ($1.227.590.oo) pesos y a la accesoria de inhabilitación de derechos y funciones públicas por un periodo igual como autor responsable del delito imputado, y le negóel subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena por obrar en su contra antecedente penal, sentencia de abril 17 de 2006, por habérsele encontrado “una bolsa blanca en plástico la que contenía unas hojas secas, con semilla verde, olor fuerte, penetrante, con características similares a la marihuana”, peso de 48 gramos, imputándosele porte de cannabis sativa, sin que existieraprueba de ánimo de tráfico, y concediéndosele el subrogado penal por su calidad de “delincuente primario”.
4.- La anterior decisión fue apelada por el defensor y el 28 de noviembre de 2008 el Tribunal de Armenia la confirmó en todas sus partes.
5.- Mediante auto del cuatro (4) de mayo de 2009 se admitió el libelo y se fijó el 17 de junio siguiente a las 3:00 p.m. para la sustentación de laimpugnación extraordinaria.
LA DEMANDA:
Sobre la finalidad del recurso de que trata el artículo 180 de la Ley 906 de 2004, la impugnante guardó silencio.
En el cargo único, al amparo de la causal primera del artículo 181 ejusdem acusa la sentencia de segunda instancia de incurrir en falta de aplicación, aplicación indebida e interpretación errónea de una norma del bloque deconstitucionalidad, constitucional o legal llamada a regular el caso.
Adujo que el artículo 32 de la Ley 1142 de 2007 que prohíbe toda clase de subrogados a las personas, no se puede aplicar por analogía contra Jaramillo Quintero porque cuando éste aceptó los cargos imputados por la Fiscalía, se hizo acreedor a la rebaja consagrada en el artículo 351 del C. de P.P.
Consideró que la primera y la segundainstancia efectuaron una interpretación errónea del artículo 32 de la Ley 1142 de 2007 pues equipararon el derecho de rebaja de pena del artículo 351 de la Ley 906 de 2004 que adquirió el procesado por virtud de la aceptación de cargos a un beneficio.
Argumentó que en el Código Penal de manera expresa se consagran figuras que se constituyen en mecanismos sustitutivos de la pena privativa,...
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