Estrategias Fiscales Para Mejorar Los Impuestos
El impuesto sobre vehículos, al igual que todos los impuestos, es afectado por el fenómeno de la prescripción cuando el estado no efectúa el cobro dentro dela oportunidad legal.
El término de la prescripción es el mismo que aplica para los impuestos nacionales, esto es, el considerado por el artículo 817 del estatuto tributario, modificado por elartículo 86 de la ley 788 de 2002:
La acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescribe en el término de cinco (5) años, contados a partir de:
1. La fecha de vencimiento del término para declarar,fijado por el Gobierno Nacional, para las declaraciones presentadas oportunamente.
2. La fecha de presentación de la declaración, en el caso de las presentadas en forma extemporánea.
3. La fecha depresentación de la declaración de corrección, en relación con los mayores valores.
4. La fecha de ejecutoria del respectivo acto administrativo de determinación o discusión.
La competencia paradecretar la prescripción de la acción de cobro será de los Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales respectivos, y será decretada de oficio o a petición de parte.
Vale indicar,también, que la prescripción es interrumpida por las razones que contiene el artículo 818 del estatuto tributario nacional:
Interrupción y suspensión del término de prescripción. El término de laprescripción de la acción de cobro se interrumpe por la notificación del mandamiento de pago, por el otorgamiento de facilidades para el pago, por la admisión de la solicitud del concordato y por ladeclaratoria oficial de la liquidación forzosa administrativa.
Interrumpida la prescripción en la forma aquí prevista, el término empezará a correr de nuevo desde el día siguiente a la notificación delmandamiento de pago, desde la terminación del concordato o desde la terminación de la liquidación forzosa administrativa.
El término de prescripción de la acción de cobro se suspende desde que se...
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