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Surge cuando el daño o perjuicio causado no tiene su origen en una relación contractual, sino en cualquier otro tipo de actividad.
La responsabilidad extra contractual, la podemos definir como "aquella que existe cuando una persona causa, ya por si misma, ya por medio de otra de la que responde, ya por una cosa de su propiedad o de que se sirve, un daño a otrapersona, respecto de la cual no estaba ligada por un vínculo obligatorio anterior relacionado con el daño producido". Esta área del Derecho Civil también se conoce como delitos y cuasidelitos civiles (fuentes de las obligaciones). Las fuentes principales de las obligaciones extracontractuales son el hecho ilícito y la gestión de negocios.
Un caso de responsabilidad extracontractual es el que puedesurgir por los daños y perjuicios causados a terceros como consecuencia de actividades que crean riesgos a personas ajenas a la misma (la conducción de un automóvil, el desarrollo de una actividad industrial, p.ej.)
Otro supuesto es el de la responsabilidad por daños causados por bienes propios: cuando se desprende un elemento de un edificio y causa lesiones a quien pasa por debajo; cuandoalguien sufre un accidente por el mal estado del suelo... También se es responsable por los daños y perjuicios que originen los animales de los que se sea propietario.
La responsabilidad puede tener su origen en actos de otra persona, por la que debemos responder: un padre es responsable de los daños y perjuicios que cause su hijo menor de edad, un empresario por los que causen sus empleados.
6.-Origen de la responsabilidad extracontractual.
El artículo 1437 establece que las obligaciones también pueden provenir de un
hecho ilícito, que puede revestir la forma de un delito o cuasidelito. La obligación consistirá
en la indemnización del daño ocasionado: dispone el artículo 2314 del Código Civil que
“El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, es obligado a laindemnización; sin perjuicio de la pena que le impongan las leyes por el delito o
cuasidelito”.
Lo que caracteriza a los delitos y cuasidelitos es que se trata de hechos ilícitos que
además causan daño.
El artículo 2284 del Código Civil, que junto a los dos mencionados conforma la
trilogía de la fuente de las obligaciones, establece qué se entiende por delito y cuasidelito.
ResponsabilidadExtracontractual – Juan Andrés Orrego Acuña 7
Será delito el hecho ilícito cometido con la intención de dañar; será cuasidelito el
hecho ilícito culpable, cometido sin la intención de dañar. En el delito, por ende, hay dolo,
en su acepción definida en el artículo 44 del Código Civil, que en ocasiones también se
llama “malicia”; mientras que en el cuasidelito hay culpa, es decir, negligencia,descuido,
imprudencia, falta de la debida diligencia.
Cabe destacar que desde el punto de vista de la obligación de reparar el daño
causado, no es importante la distinción entre delito y cuasidelito. En efecto, dispone el
inciso 1º del artículo 2329 que “Por regla general todo daño que pueda imputarse a
malicia o negligencia de otra persona, debe ser reparado por ésta.”
7.- Fundamento de laresponsabilidad extracontractual.
Nuestro Código Civil adopta como fundamento de la responsabilidad delictual o
cuasidelictual, la denominada “doctrina clásica”.
Para esta doctrina, el fundamento de la responsabilidad extracontractual está en la
culpa del autor. La responsabilidad requiere que el daño sea imputable. Por ende, si hay
culpabilidad, hay responsabilidad. Se trata, como vemos, deuna responsabilidad
subjetiva. Diversas disposiciones en el Código Civil confirman que en esta materia se
sigue la doctrina clásica: artículos 2284, 2319, 2323, 2329, 2333.
Se critica la doctrina clásica sosteniéndose que no respondería adecuadamente a la
realidad presente, en la que en virtud del avance científico y tecnológico, las posibilidades
de causar y de ser víctima de perjuicios han...
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