Estudiante de derecho
la mano de un "colaborador del sistema público" sobre las alternativas a la interrupción de su embarazo; tras eso está obligada a esperar "al menos siete días"(frente a los tres actuales) para tomar su decisión.
2. Los médicos que realicen la evaluación de la mujer o del feto no podrán trabajar en el mismo centro donde se vaya a practicar la intervención.3. Cuando el peligro para la salud psíquica de la madre tenga causa en una "anomalía fetal incompatible con la vida", será preciso un informe médico sobre la madre y otro sobre el feto, de forma "quequede probada dicha anomalía".
4. Si la anomalía incompatible con la vida no hubiera podido ser detectada clínicamente "con un diagnóstico certero" en las 22 primeras semanas de gestación, el abortotambién podrá practicarse después, siempre y cuando se cumplan los requisitos anteriores.
5. Se permite la objeción de conciencia de todos los profesionales sanitarios que participen o colaboren enel proceso de interrupción del embarazo (diagnóstico e intervención). Para ello, el profesional deberá comunicarlo por escrito al director del centro dentro de los cinco días siguientes a empezar atrabajar en él. Su decisión se incluirá en su expediente personal, que será reservado y confidencial. El ejercicio de este derecho, que no admite modulaciones, se podrá modificar en cualquier momento.6. Se prohíbe la publicidad de las clínicas que practican abortos. "No es un producto de consumo y esa información solo deben facilitarla los especialistas”.
7. Para que el consentimiento de lasmenores de edad se entienda como "informado y libre", es decir, para que puedan abortar en los supuestos que permite la ley, será obligatoria "la participación de los titulares de la patria potestad", yasean padres o tutores.
8. Practicar un aborto fuera de los supuestos estipulados no tendrá reproche penal para la mujer.
Se quiso llevar al TC la LO 2/2010, de 3 de marzo, porque manifestaba una...
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