estudiante
Por regla general, las retenciones en la fuente se deben aplicar al momento del pago oabono en cuenta, el hecho que ocurra primero, y en la cotidianidad de las empresas, siempre ocurre primero la causación, pero en el caso de la retenciónpor salarios, esta se practica cuando efectivamente se paga al trabajador.
Esta es una excepción que contempla la misma ley [artículos 385 y 386 del estatuto tributario], excepción que de alguna manera beneficia la liquidez de la empresa por cuanto evita declarar y pagar una retención cuando aun no se han pagado los salarios.
Aunque esto no es una camisa de fuerza, de modo que la empresa puededecidir practicar la retención en el momento en que reconozca en la contabilidad los pagos laborales sujetos a retención, lo que puede ser recomendable cuando los salarios son pagados oportunamente.
Certificado de ingresos en trabajadores independientes
Cuando se va a solicitar un crédito ya sea a una entidad financiera o a un proveedor, uno de los documentos que se exigen es la copia de ladeclaración de renta, o el certificado de ingresos y retenciones, el cual sólo lo pueden aportar los asalariados, luego los trabajadores independientes tienen problemas para el cumplimiento de este requisito.
Debido a ello, la ley se ocupó de regular este aspecto, y de forma clara definió cuál es el documento que se le puede exigir a un trabajador independiente para “demostrar” sus ingresos.
Es asícomo el artículo 29 del decreto 836 de 1991 contemplo:
Certificado de ingresos para trabajadores independientes. Los trabajadores independientes no obligados a declarar, podrán reemplazar, para efectos comerciales, la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, mediante una relación privada de sus ingresos, retenciones y patrimonio debidamente firmada por el contribuyente. Estarelación no requiere presentación ante la administración de impuestos.
Adicionalmente, el artículo 41 del decreto 4929 de diciembre 17 de 2009 estableció:
Prohibición de exigir declaración de renta y complementarios a los no obligados a declarar. Ninguna entidad de derecho público o privado puede exigir la presentación o exhibición de copia de la declaración de renta y complementarios, alas personas naturales no obligadas a declarar de acuerdo con lo establecido en los artículos 592, 593, 594-1 y 594-3 del Estatuto Tributario. La declaración de dichos contribuyentes, se entenderá reemplazada con el certificado de ingresos y retenciones en el caso de los asalariados, y cuando se trate de trabajadores independientes cuyos ingresos se encuentren sometidos a retención, con el certificado de quetrata el artículo 29 del Decreto 836 de 1991.
En este orden de ideas, para que un trabajador independiente pueda certificar sus ingresos, basta con que haga una relación de sus ingresos, retenciones y patrimonio y lo firme. Esto es válido para efectos comerciales y tanto para entidades públicas como privadas.
Obsérvese que la norma no exige que dicha relación sea firmada por contador público,más sin embargo se ha impuesto la costumbre de exigir al trabajador independiente una certificación de ingresos firmada por contador público, certificación que nada tiene que ver con el contemplado por la norma. Este punto es importante puesto que no siempre un contador público puede certificar a una persona que no está obligada a llevar contabilidad.
OBLIGACIONES FISCALES EN AFILIACIONES YAPORTES DE SEGURIDAD SOCIAL
En respuesta a las múltiples consultas de nuestros usuarios sobre los aportes aseguridad social [Salud y pensión] de los trabajadores independientes transcribimos el concepto del ministerio de la protección social número 212167 de junio de 2008, donde reitera su criterio sobre este tema.
El artículo 3° de la Ley 797 de 2003 modificatorio del artículo 15 de la Ley 100...
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