Estudiante
TEMA: CASO PRACTICO
MASTER UNIVERSITARIO EN DERECHO CONSTITUCIONAL
MODULO: “INTERPRETACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO”
PONENTE: DOCTOR MARCOS MASSO GARROTE.
ALUMNO: LUIS DURAZO RODRIGUEZ
DOCTOR SOY EL ALUMNO QUE LE SOLICITO EXCUSARSE EN VISTAS DE QUE TENIA UN VIAJE PLANEADO CON MUCHA ANTELACION, DE NUEVO LE PIDO DISCULPAS AL RESPECTO.
CASOPRÁCTICO.
La ley Española del Comercio Minorista, con el fin de proteger a los consumidores de daños económicos o para la salud, exige cambiar la normativa de los pequeños comercios y todos aquellos que quieran una actividad comercial dentro de su comercio no solo necesitará la licencia previa administrativa sino demostrar el conocimiento técnico profesional indispensable para ejercer la actividad deque se trata. Una peluquera española había colocado una máquina de tabaco así como una pequeña licorería en su establecimiento sin contar con el preceptivo permiso de la Administración y en consecuencia el funcionario le impuso una multa. La peluquera busca protección jurídica constitucional ante usted.
Cuestiones:
1. Es susceptible de amparo? Dígase en su caso que derechos fundamentalespudieran considerarse vulnerados.
2. De acuerdo con el juicio de proporcionalidad hágase el juicio de interpretación y proporcionalidad de acuerdo con las reglas de la ponderación o juicio de proporcionalidad sobre esta ley.
En mi opinión personal la comerciante no puede acudir a la justicia por medio del recurso de amparo, dado a que considero que no se viola derecho fundamental alguno de losseñalados en los artículos 14 al 30. Por otra parte el mismo articulo 53.2 del mismo ordenamiento supremo, aduce claramente los alcances para promover el recurso de amparo, del cual se transcribe en lo conducente lo siguiente:
“…2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos
reconocidos en el artículo 14 y la Sección 1ª. del Capítulo II ante los Tribunales
ordinarios por unprocedimiento basado en los principios de preferencia y
sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal
Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia
reconocida en el artículo 30…”
El derecho fundamental que se vulnera en contra de la peluquera es el de la libertad de trabajo u oficio, previsto en el artículo 35 de la C.E., mientrasque el derecho fundamental que se contrapone a este es el derecho a la protección de la salud, previsto en el artículo 43 de la norma suprema.
En cuanto a la justificación por parte de las autoridades a imponer una multa, hay que tomar en cuenta el principio de “reserva de ley”, tanto que la venta de tabaco por maquina, así como la venta de alcohol están plenamente reguladas, vemos las siguientesleyes:
-En cuanto a la venta de tabaco.- Texto Refundido de la Ley 42/2010, de 30 de diciembre y la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, en su Articulo 4º se describe que la venta y el suministro a través de maquinas expendedoras se realizara de acuerdo concondiciones de ubicación, señalando que solo pueden ubicarse en el interior de quioscos de prensa situados en la vía publica y en locales cuya actividad principal sea la venta de prensa con acceso directo a la vía publica, en las tiendas de conveniencia previstas en el articulo 5.4. de la Ley 1/2004, etc., en una ubicación que permita la vigilancia directa y permanente de su uso por parte del titulardel local o de sus trabajadores; así mismo se detallan las prohibiciones en cuanto a los lugares de ubicación.
Por esta razón considero que la señora por ningún motivo tiene la facultad de vender este producto, por la razón de que su negocio no cuenta con las características descritas en la ley anteriormente aludida. Además, el Estado Español mantiene el monopolio en la venta al por menor...
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