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La Constitución de 1991 consagra una serie de garantías fundamentales vinculadas a la dignidad humana, es decir son derechos que disfrutan de un estadoespecial en lo referente a garantías dentro del ámbito jurídico; basándonos en el planteamiento filosófico-antropológico según el cual donde nace una necesidad surge un derecho, los derechos Constitucionaleslos podemos clasificar en: Derechos Fundamentales o de Primera Generación; Derechos Económicos, Sociales y Culturales o de Segunda Generación y Derecho a un Medio Ambiente Sano o de TerceraGeneración.
Son derechos ligados a la dignidad de la persona humana dentro del Estado y de la sociedad. Cabe destacar que a los derechos fundamentales no los crea el poder político, ni la Constitución, losderechos fundamentales se imponen al Estado. La Constitución se limita a reconocer los derechos fundamentales, pero no los crea.
Los derechos Fundamentales tienen una estructura basada en lacapacidad de una persona de efectuar determinados actos cuya facultad o potestad jurídica son inherentes al hombre por razón de naturaleza, contrato u otra causa admisible en derecho; por lo que podemoscolegir que es la facultad que se le reconoce a toda persona por medio de la ley para permitirle hacer determinados actos.
En contraprestación a los derechos surgen los deberes como una necesidad de lospueblos para poder convivir armónicamente para poseer paz, tranquilidad y respeto, ya que es bien sabido que en la antigüedad los pueblos vivían en una constante guerra, lo que motivó el surgimientode ideas que permitieran la convivencia de los pueblos enmarcadas en los diferentes tratados y convenciones internacionales como por ejemplo: Convención de Ginebra, la Convención Americana de DerechosHumanos, etc.
El Derecho fundamental es la facultad o poder que se le reconoce a una persona mediante leyes vigentes que le permite realizar o no ciertos actos. Por ejemplo el derecho a la...
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