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El debido proceso es un derecho constitucional fundamental, consagrado expresamente en el artículo 29 de la Constitución Política, el cual lo hace extensivo “a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas por tanto La jurisprudencia constitucional lo definió, como el conjunto de garantías previstas en el ordenamiento jurídico, a través de las cuales se busca laprotección del individuo incurso en una actuación judicial o administrativa, para que durante su trámite se respeten sus derechos y se logre la aplicación correcta de la justicia. Está a expresado, que el respeto al derecho fundamental al debido proceso, le impone a quien asume la dirección de la actuación judicial o administrativa, la obligación de observar, en todos sus actos, el procedimientopreviamente establecido en la ley o en los reglamentos, teniendo como fin la preservación, las garantías, derechos y obligaciones de quienes se encuentran incursos en una relación jurídica, en todos aquellos casos en que la actuación conduzca a la creación, modificación o extinción de un derecho o a la imposición de una sanción.
hacen parte de las garantías del debido proceso: a) El derecho a lajurisdicción, El derecho al juez natural, c) El derecho a la defensa, d) El derecho a un proceso público, e) El derecho a la independencia del juez, f) El derecho a la independencia e imparcialidad del juez o funcionario.
Sentencia C-980/10
Mediante Auto del 14 de mayo de 2010, el Magistrado Sustanciador decidió admitir la demanda formulada contra el artículo 22, por considerar que la mismasatisfacía los requisitos de procedibilidad fijados en la ley y la jurisprudencia. En la misma providencia decidió inadmitir la demanda formulada contra el artículo 18, al encontrar que con respecto a dicha norma, no se estructuró un verdadero cargo de inconstitucionalidad, pues las razones que sustentaban la acusación adolecían de la falta del requisito de certeza en cuanto se soportaban en uncontenido normativo no previsto en ella.
El día 21 de mayo del año en curso, dentro del tiempo estipulado para corregir la demanda, los accionantes radicaron en la Secretaría de esta Corporación escrito de subsanación de la misma. Una vez analizado su contenido, el Magistrado Sustanciador encontró que frente al artículo 18 persistía el defecto previamente anotado, razón por la cual, en Auto del 9 dejunio de 2010, procedió a rechazar la demanda contra dicha norma, por que la demanda contra el artículo 22 de la Ley 1383 de 2010 había sido admitida, en la misma providencia se dispuso su fijación en lista y, simultáneamente, correr traslado al señor Procurador General de la Nación para que rindiera el concepto de su competencia. Luego , se ordenó comunicar la demanda al Congreso de la República, alos Ministerios del Interior y de Justicia y al de Transporte, al Presidente del Instituto Colombiano de Derecho Procesal, al Presidente de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, a la Superintendencia de Notariado y Registro, y a los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Rosario, Nacional, del Atlántico, Libre y Simón Bolívar, para que, si lo estimaban conveniente,intervinieran dentro del proceso con el propósito de impugnar o defender la constitucionalidad de la disposición acusada.
Una ves cumplidos los tramites previstos en el articulo 242 de la Constitución Política y en el Decreto 2067 de 1991, la Corte Constitucional da inicio a decidir acerca de la demanda.
Luego se transcribe el texto del artículo 22 de la Ley 1383 de 2010, conforme a su publicación enel Diario Oficial No. 47.653 de 16 de marzo de 2010 y “dice Para el servicio además se enviará por correo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes copia del comparendo al propietario del vehiculo, a la empresa a la cual se encuentra vinculado y a la Superintendencia de Puertos y Transporte para lo de su competencia”.
DEMANDA
Normas constitucionales que se consideran infringidas: La...
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