Estudiante
Concepto, nombre y domicilio
De la capacidad.
De la Fundación y promoción de la compañía.
Del capital y las acciones.
Derechos y obligaciones de los promotores, Fundadores y Accionistas.
De las partes beneficiarias.
De las obligaciones.
De la Junta General.
De la Administración y de los agentes de la Compañía.
De la fiscalización.
De los Balances.
De la Disolucióny Liquidación.
Concepto, características, nombre y domicilio.- Art. 143.- “ La compañía anónima es una sociedad cuyo capital, dividido en acciones negociables, esta formado por la aportación de los accionistas que responden únicamente por el monto de sus acciones.
Nombre.- El nombre de la Compañía anónima puede ser una denominación objetiva o una denominación imaginativa o de fantasía. La leyde Compañías reconoce los principios de propiedad e inconfundibilidad para los nombres de las compañías.
El nombre puede constar de tres partes:
1) Una expresión genérica o por términos comunes, generalmente alusivos a la actividad de la compañía: constructora, comercial, industrial.
2) Una expresión peculiar: que es aquella compuesta por términos o expresiones no definidos en el diccionariode la Real Academia de Española, entre ellos pueden estar los nombres propios, términos de fantasía que nada tienen que ver con la actividad de la compañía, vocablos en idioma extranjero o en lenguas aborígenes nacionales, fonemas o siglas que resulten de la combinación de sílabas o letras referentes a la expresión genérica, a la actividad de la compañía ejemplo.
Distribuciones y Ventas Loja,DISVENLOJA s.a.
3) Referencia a la especie de compañía: Al nombre de la compañía debe agregarse las palabras compañía anónima o sociedad anónima, o las correspondientes siglas: CIA ANON; C. ANON; S. ANON, CIA. A; CO. A; C.A; o, S.A. ( pág. 36 C. Derecho Societario Carlos Ramírez V. II).
De la capacidad.- Art. 145.- Para intervenir en la formación de una compañía anónima en calidad de promotoro fundador se requiere de capacidad civil para contratar. Sin embargo no podrán hacerlo entre cónyuges ni entre padres e hijos o emancipados.
De la fundación y promoción de la compañía.- Art. 146.- La compañía se constituirá mediante escritura pública que, previo mandato de la Superintendencia de Compañías, será inscrita en el Registro Mercantil. La compañía se tendrá como existente y conpersonería jurídica desde el momento de dicha inscr0ipción. Todo pacto social que se mantenga reservado será nulo.
Ninguna compañía anónima podrá constituirse de manera definitiva sin que se halle suscrito totalmente su capital, y pagado en una cuarta parte, por lo menos. Para que pueda celebrarse la escritura pública de constitución definitiva será requisito haberse depositado la parte pagada delcapital social en una institución bancaria, en el caso de que las aportaciones fuesen en dinero.
Las compañías anónimas en que participen instituciones de derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública podrán constituirse o subsistir con uno o más accionistas.
La Superintendencia de Compañías, para aprobar la constitución de una compañía, comprobará la suscripción de lasacciones por parte de los socios que no hayan concurrido al otorgamiento de la escritura pública.
El certificado bancario de depósito de la parte pagada del capital social se protocolizará junto con la escritura de constitución. Art. 147. L de Compañías Nota: Las Compañías Anónimas de que trata el inciso segundo están sujetas al control de la Contraloría y no lo están a la Superintendencia, segúnlos artículos 3 y 4 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, Ley No. 73, publicada en Registro Oficial Suplemento 595 de 12 de Junio del 2002.
La compañía puede constituirse en un solo acto (constitución simultánea) por convenio entre los que otorguen la escritura; o en forma sucesiva, por suscripción pública de acciones. Art. 148. L de Compañías
Serán fundadores, en el...
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