Estudiante
Integrantes:
ANYI PAOLA AMBUILA PALOMINO
EIMY LIZETH GARCIA GIL
ALEJANDRA GARCIA MARTINEZ
JENS ANDREA NARVAEZ VEGA
GREISY OMARA QUIROZ MACHADO
10-1
Institución educativa Isaac tacha niño
DemocraciaVillavicencio meta
2013
la distribución de los recursos y las competencias
PRESENTADOPOR: ANYI PAOLA AMBUILA PALOMINO
EIMY LIZETH GARCIA GIL
ALEJANDRA GARCIA MARTINEZ
JENS ANDREA NARVAEZ VEGAGREISY OMARA QUIROZ MACHADO
PRESETADO A:
LIC. DIEGO VIDAL
GRADO: 10-1
Institución educativa Isaac tacha niño
Democracia
Villavicencio meta
2013
IntroducciónLa democracia es mucho más que un sistema de gobierno, es un sistema de vida y un conjunto de valores basados en la ética. Ese concepto de la democracia, así como la estrecha relación entre ésta y la equidad, concentra buena parte de la atención de quienes procuran definir un camino compartido para un futuro mejor de gobierno.
Mediante el siguiente documento damos a conocer la distribución delos recursos y de las competencias Teniendo en cuenta los principios de solidaridad, complementariedad y subsidiariedad, la ley señalará los casos en los cuales la Nación podrá concurrir a la financiación de los gastos en los servicios que sean señalados por la ley como de competencia de los departamentos, distritos y municipios.Objetivo general
* Gracias a este documento podemos dar a conocer como el distrito suministra equitativamente los recursos y la competencia al pueblo COLOMBIANO.
Objetivo específicos
* Por medio de aportes de diferentes artículos del régimen económico y la hacienda publica de la distribución económica del país.CAPITULO 4.
DE LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS Y DE LAS COMPETENCIAS.
ARTICULO 356. Salvo lo dispuesto por la Constitución, la ley, a iniciativa del Gobierno, fijará los servicios a cargo de la Nación y de los Departamentos, Distritos, y Municipios. Para efecto de atender los servicios a cargo de éstos y a proveer los recursos para financiar adecuadamente su prestación, se crea elSistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos y Municipios.
Los Distritos tendrán las mismas competencias que los municipios y departamentos para efectos de la distribución del Sistema General de Participaciones que establezca la ley.
Para estos efectos, serán beneficiarias las entidades territoriales indígenas, una vez constituidas. Así mismo, la ley establecerá comobeneficiarios a los resguardos indígenas, siempre y cuando estos no se hayan constituido en entidad territorial indígena.
Los recursos del Sistema General de Participaciones de los departamentos, distritos y municipios se destinarán a la financiación de los servicios a su cargo, dándole prioridad al servicio de salud y los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y media, garantizando laprestación de los servicios y la ampliación de cobertura.
Teniendo en cuenta los principios de solidaridad, complementariedad y subsidiariedad, la ley señalará los casos en los cuales la Nación podrá concurrir a la financiación de los gastos en los servicios que sean señalados por la ley como de competencia de los departamentos, distritos y municipios.
La ley reglamentará los criterios de...
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