Estudiante
- LICENCIA PROFESIONAL
Habilita para conducir vehículos de transporte de pasajeros, vehículos de carga, ambulancias y carrobombas, pudiendo ser de las siguientes Clases:
- Para eltransporte de personas:
Clase A-1: Para conducir taxis y vehículos de transporte remunerado de escolares no comprendidos en las Clases A-2 y A-3.
Clase A-2: Para conducir indistintamente taxis,ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas con capacidad de diez a diecisiete asientos.
Clase A-3: Para conducir indistintamente taxis, ambulancias o vehículosmotorizados de transporte público y privado de personas sin limitación de capacidad de asientos.
- Para el transporte de carga:
Clase A-4: Para conducir vehículos simples destinados al transportede carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos o carrobombas.
Clase A-5: Para conducir carrobombas o todo tipo de vehículos motorizados, simples o articulados, destinados altransporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos
Dentro de estas clases podrán existir especialidades, en razón del tipo o clase del vehículo a conducir, tipo de carga atransportar, condiciones climáticas y geográficas del terreno, etc. Estas especialidades serán determinadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones mediante Decreto Supremo fundado.
Laespecialidad se acreditará con el certificado, otorgado por una Escuela para Conductores Profesionales debidamente reconocida por el Estado, que acredite la aprobación del curso respectivo. La mencióncorrespondiente a la especialidad se incluirá en la licencia del conductor que la haya obtenido
Identificación Norma: LEY-19495
Fecha Publicación: 08.03.1997
Fecha Promulgación: 07.03.1997Organismo: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES
Ultima Modificación: LEY-19710
Fecha Ultima Modificacion: 20.01.2001
Estado: ACTUALIZADO
MODIFICA LA...
Regístrate para leer el documento completo.