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Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado Libre y Soberano de B.C .
LEY SOBRE EL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA Publicado en el Periódico Oficial No. 26, de fecha 18 de junio de 2004, Sección I, Tomo CXI. TITULO PRIMERO
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- Lasdisposiciones de esta Ley son de orden público e interés social, de observancia general y de aplicación en el territorio del Estado Libre y Soberano de Baja California, y tienen por objeto regular la constitución, modificación, organización, funcionamiento, administración y terminación del régimen de propiedad en condominio. Asimismo el presente ordenamiento regula las relaciones entre loscondóminos y entre estos y su administración, estableciendo las bases para resolver las controversias que se susciten con motivo de tales relaciones, sin perjuicio de la competencia que corresponda a las autoridades judiciales o administrativas. ARTICULO 2.- Para los efectos de esta Ley se entiende por: I. Administrador: Es el condómino o habitante de la unidad de propiedad exclusiva, que no siendoAdministrador profesional, sea nombrado Administrador; II. Administrador profesional: Es la persona física o moral, que no resida en el condominio, que demuestre capacidad o conocimientos en administración de condominios y que sea nombrado para tal efecto; III. Areas y bienes de uso común: Son aquellos que pertenecen en forma pro indiviso a los condóminos y su uso estará regulado por esta Ley, por laescritura constitutiva o por el Reglamento del Condominio; IV. Asamblea: Es el órgano supremo del bien inmueble en condominio, en donde en reunión de todos los condóminos celebrada, previa convocatoria, se tratan, discuten y resuelven, en su caso, asuntos de interés común a los condóminos respecto del bien inmueble; V. Condominio: Modalidad de propiedad sobre un inmueble que otorga a su titular elderecho exclusivo de uso, goce y disfrute de su unidad privada y a la vez un derecho de copropiedad sobre los bienes de uso común, de acuerdo a las disposiciones de esta Ley, a la escritura constitutiva o al reglamento de condominio y administración;
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XVII Legislatura
Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado Libre y Soberano de B.C .
VI.Condómino: A la persona física o moral, pública o privada, que en calidad de propietario o poseedor originario o derivado por cualquier título legal, aproveche los departamentos, viviendas, casas, locales o áreas de un condominio, así como aquella persona que haya celebrado contrato en virtud del cual, de cumplirse en sus términos, llegue a ser propietario o fideicomisario sujeto al régimen de propiedaden condominio; VII. Copropiedad: Existe copropiedad para efectos de esta Ley sobre los bienes comunes que pertenecen a los condóminos pro indiviso, es decir, sin división material de partes, expresado en una parte alícuota y sujeta a las disposiciones de esta ley, que no está sujeta a la acción de división, salvo en el caso de extinción; VIII. Cultura Condominal: Todo aquello que contribuya agenerar las acciones y actitudes que permitan, en sana convivencia, el cumplimiento del objetivo del régimen de propiedad en condominio. Entendiéndose como elementos necesarios: el respeto y la tolerancia; la responsabilidad y cumplimiento; la corresponsabilidad y participación; la solidaridad y la aceptación mutua. IX. Cuota Extraordinaria: Cantidad proporcional al valor de su propiedad exclusiva conrelación al condominio, para absorber gastos extraordinarios por adiciones, conservación y reposición de bienes y equipos, previa aprobación de la asamblea general de condóminos; X. Cuota Ordinaria: Cantidad proporcional al valor de su propiedad exclusiva con respecto al condominio para absorber los gastos de administración, mantenimiento y operación de acuerdo a lo establecido en la...
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