Estudio Analítico De Sentencias Judiciales - Beatriz Libreros Caicedo Contra Comisión Nacional De Televisión - Expediente: 25000-23-25-000-1999-0173-01(4714-01)

Páginas: 23 (5711 palabras) Publicado: 25 de octubre de 2012
ESTUDIO ANALÍTICO DE SENTENCIAS JUDICIALES

BEATRIZ LIBREROS CAICEDO contra COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN


GRUPO DE TRABAJO

César Augusto Cuadro Beltrán.
Gustavo Adolfo Dávila Luna.
Diego Fernando Avellaneda Doneys.

I. REFERENCIA PROVIDENCIA

Actor: BEATRIZ LIBREROS CAICEDO

Demandado: COMISION NACIONAL DE TELEVISION


Fecha: Once (11) de septiembre de dos mil tres (2003)Expediente: 25000-23-25-000-1999-0173-01(4714-01)


Decisión: Como primer punto de esta decisión la Sala de lo Contencioso Administrativo en su sección segunda ordenó la modificación de la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “C” de fecha 11 de junio de 2001 mediante la cual se declaró probada la excepción de ausencia deilegalidad del acto acusado dentro del proceso promovido por BEATRIZ LIBREROS CAICEDO. En su lugar, fueron denegadas las pretensiones de la demanda.


II. SÍNTESIS DE LOS HECHOS

La ciudadana BEATRIZ LIBREROS CAICEDO acude a la jurisdicción en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que se consagra en el artículo 85 del C.C.A. y solicita se declare la nulidad de laResolución Nro. 568 del 13 de agosto de 1998 expedida por el Director de la COMISION NACIONAL DE TELEVISIÓN mediante la cual se declaró insubsistente su nombramiento en el cargo Profesional III, Grado de Remuneración 16, del Grupo Operacional de Analistas Evaluadores de Televisión, de la Junta Directiva de la COMISION NACIONAL DE TELEVISION.

A título de restablecimiento del derecho, se solicitaordenar a la entidad demandada ser reintegrada al cargo que ocupaba al momento de producirse su retiro o a otro de igual o superior categoría pagándole además, a título de indemnización, todos los sueldos con los aumentos legales y las prestaciones sociales dejados de percibir entre el retiro y el reintegro, declarándose que no existió solución de continuidad en la relación laboral para todos losefectos legales.

El empleo desempeñado por la actora pertenecía a la carrera administrativa y complementaba esto la actora expresando que contrariamente a lo que en forma tradicional se viene suponiendo como dogma o mito, el acto discrecional laboral de retiro no se motivó indirectamente mediante constancia en la hoja de vida sobre el hecho y las causas que lo originaron.


III. EL PROBLEMAJURÍDICO CENTRAL
Según expresa la parte actora, la entidad demandada no cumplió con el requisito legal de motivar indirectamente el acto de retiro mediante constancia en la hoja de vida sobre el hecho y las causas que lo originaron. Por tal motivo, según se expresa en el documento se vulneró el artículo 26, inciso 2º del Decreto 2400 de 1968, en concordancia con los artículos 35, 36 y 84 del C.C.A. ylos artículos 25, 29, 53, 123, 209 y 229 de la C.P.
Expresa la ciudadana entonces, que al omitirse aquellos requerimientos legales se configuró la nulidad del acto administrativo, Resolución Nro. 568 del 13 de agosto de 1998 expedida por el Director de la COMISION NACIONAL DE TELEVISIÓN.


IV. LA TESIS JURÍDICA DE LA DECISIÓN


La Sala Plena de Sección abordó el análisis de los siguientestemas de la forma que se expone a continuación:

1. LA ANOTACIÓN EN LA HOJA DE VIDA DE LAS CAUSAS DEL RETIRO ACORDE CON LA EXIGENCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 26 DEL DECRETO 2400 DE 1968.

El artículo 26 del Decreto 2400 de 1968, consagra que el nombramiento efectuado a una persona para ocupar un empleo del servicio civil que no pertenezca a la carrera podrá ser declarado insubsistentelibremente por la autoridad nominadora sin motivar la providencia. Sin embargo, deberá dejarse constancia del hecho y de las circunstancias que lo ocasionaron en la respectiva hoja de vida.

La exigencia en mención, puede ser cumplida en forma posterior a la expedición del acto de insubsistencia, y en consecuencia, es un requisito de índole formal sin la virtualidad de afectar su validez. De manera...
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