Estudio Social
Resolución del consejo directivo que regula la publicidad engañosa en la Republica Dominicana.
El consejo directivo del institutonacional de protección de los derechos del consumidor, en ejecución de las atribuciones que nos confiere la Ley general de protección de los derechos del consumidor o usuario, no. 358-05 de fecha 09de septiembre del año 2005 y en virtud de lo que se establece en su artículo 5.
Dicta la siguiente resolución:
Considerando: Que en fecha de 9 de septiembre del año 2005 fue promulgada la ley generalde protección al consumidor que tiene por objeto establecer un régimen de defensa de los derechos del consumidor y usuarios.
Considerando: Que la citada ley en su artículo 17 literales a y b,establece como una de las funciones generales del consejo directivo: “Dictar las resoluciones pertinentes a las funciones y responsabilidades que le acredite esta ley”
Considerando: Que dentro de lasfunciones de la Dirección ejecutiva esta “cumplir con las funciones y disposiciones que le establece la presente ley, así como las que se pueden establecer en el futuro por vía administrativa en lasresoluciones del consejo directivo”.
Considerando: Que la ley no. 358-05 en sus artículos 88 y 105 especifica claramente las condiciones que deben ser cumplidas en materia de publicidad y promoción de ventas,y en tal virtud, establece las infracciones en que incurren las empresas que venden y ofertan sus bienes y servicios en el mercado en relación a las condiciones establecidas en el artículo 88 de laley.
Considerando: Que en procura de preservar este derecho, el consejo directivo de Pro consumidor considera necesario en función del mandato establecido en la ley, dictar medidas de aplicacióngeneral, para el caso de una infracción de la ley establecida.
Estudio de valores Sociales y Política
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