Etica De Mutualidad Entre La Poblacion Y El Gobierno
La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos nodebe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos.Comentario:
Este artículo, hace referencia a la amplitud con que la Constitución de 1999 trata el tema de los Derechos Humanos, cuando incluye una disposición expresa donde considera contenidos en eltexto a todos aquellos Derechos inherentes a la persona que no se encuentren consagrados en ella y en los tratados, convenios y demás instrumentos internacionales, los cuales forman parte delordenamiento jurídico venezolano. Por ejemplo permite en este caso la exigibilidad del Derecho a un Media Ambiente sano, a la paz entre otros.
Artículo 23. Jerarquía Constitucional de los TratadosInternacionales sobre Derechos Humanos:
Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el ordeninterno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por lostribunales y demás órganos del Poder Público.
Comentario:
Con este artículo, se otorga jerarquía constitucional a los tratados, pactos o convenios internacionales relativos a derechos humanos,siendo los mimos de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público, lo que significa que no requieren ser desarrollados por ley para su ejercicio. Así mismo tienenrango supra constitucional cuando estamos frente a normas internacionales que otorgan mayor protección a estos derechos.
La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento...
Regístrate para leer el documento completo.