Etica y moral
Hoy día existe leyes que regulan el comportamiento de un personal docente, siendo la Ley Orgánica de Educación la que presta una especial atención al profesorado, a sus funciones, a sus condiciones de trabajo, a sus derechosy obligaciones. No obstante, a pesar de constituir un avance, es “insuficiente” y en cuanto a las diferencias que establece entre el profesorado de los centros públicos y de los centros concertados, “injustificable”.
Por lo que se puede fijar cuatro deberes y cuatro derechos fundamentales para ejercer su profesión con profesionalidad y recibir el reconocimiento social y económico quemerecen. El primero sería casi un requisito: la vocación. La profesión docente implica no sólo enseñar, sino también educar y trasmitir valores. Es de lamentar que esa función educadora de los profesores no esté suficientemente destacada en la Ley Orgánica Educación, y que se intente compensar exigiendo a los docentes el ejercicio de su trabajo desde principios de “colaboración y trabajo deequipo”, o similares.
En segundo lugar, citaría el deber de cumplir con las funciones que le son propias, en especial la función de colaborar en la educación integral de los alumnos y participar activamente en la elaboración, aplicación y evaluación del proyecto educativo del centro. La LOE no enumera explícitamente ni la educación integral, ni la participación. En cambio, equipara erróneamentelas tareas de todos los profesores, sin tener en cuenta que en los centros con un proyecto educativo definido, centrado en la educación integral, los profesores son pieza esencial en la transmisión de valores.
La formación inicial y continua sería otro de los deberes fundamentales en una sociedad en la que cada vez más parece que existe una falta de adecuación entre las necesidades de losalumnos y la formación inicial de los profesores. Y me refiero, sobre todo, a cuestiones como los idiomas o el dominio de las TICs. La LOE acertadamente pone de relieve la importancia de esa formación continua y distingue adecuadamente entre las necesidades de titulación académica y de formación pedagógica y didáctica. No obstante, preocupa que de la impresión de que solo las administracioneseducativas pueden tener iniciativas en este campo, o que las ofertas de formación permanente sólo sean gratuitas para los docentes de los centros públicos.
Una eficaz formación permanente del profesorado pasa, a mi juicio, por: garantías para el ejercicio de ese derecho de todos los profesores, recursos necesarios, actividades de formación diversificadas y financiadas por las Administracioneseducativas, programas de formación permanente con la colaboración de instituciones, sin discriminación.
El cuarto de los deberes sería la autoevaluación. La formación continua debe ser evaluada en los procesos y resultados logrados, tanto en la mejora de las habilidades de los profesores como en el impacto logrado en los alumnos y en el centro. La LOE, lamentablemente, al tratar laevaluación del profesorado se centra en exclusividad en los funcionarios docentes, como si el objetivo principal de toda evaluación no fuese aplicable al resto de centros, privados o concertados.
Entrando en el capítulo de los derechos resaltaría en primer lugar el derecho a poder realizarse como persona en el desarrollo de su profesión. Evidentemente, la LOE no se refiere explícitamente aesta cuestión, pero algunas de las medidas de reconocimiento, apoyo y valoración recogidas pueden ayudar a mejorar la situación.
El derecho a desarrollar su tarea de forma digna y eficaz en un entorno de trabajo favorable que la haga posible, sería otro de esos derechos. Desgraciadamente la indisciplina, violencia escolar,… generan un clima de trabajo a veces imposible de soportar. Por...
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