Etiquetado de productos alimentarios
PRINCIPALES DISPOSICIONES APLICABLES AL ETIQUETADO DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS
ÍNDICE GENERAL
I.
NORMAS COMUNITARIAS. I.1. I.2. I.3. I.4. DE CARÁCTER GENERAL. RELATIVAS A LA INDICACIÓN DEL LOTE. RELATIVAS AL ETIQUETADO NUTRICIONAL. RELATIVAS AL ETIQUETADO DE DETERMINADOSPRODUCTOS
ALIMENTICIOS. I.5. RELATIVAS A LAS DECLARACIONES NUTRICIONALES Y DE PROPIEDADES SALUDABLES EN LOS ALIMENTOS. II. NORMAS ESTATALES. II.1. II.2. II.3. II.4. DE CARÁCTER GENERAL. RELATIVAS A LA INDICACIÓN DEL LOTE. RELATIVAS AL ETIQUETADO NUTRICIONAL. RELATIVAS AL ETIQUETADO DE DETERMINADOS PRODUCTOS
ALIMENTICIOS.
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I.1. Normas comunitarias de carácter general.
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1.- DIRECTIVA 1999/10/CE, de 8 de marzo de 1999 (DOCE L 69, de 16.03.1999), por la que se establecen excepciones a las disposiciones del artículo 7 de la Directiva 79/112/CEE en lo relativo al etiquetado de losproductos alimenticios. 2.- DIRECTIVA 2000/13/CE, de 20 de marzo de 2000 (DOCE L 109, de 06.05.2000), relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. Modificado el anexo I, por: . Directiva 2001/101/CE, de 26 de noviembre de 2001 (DOCE L 310, de 28.11.2001). Modificada - artículos 6, 19, 20,anexo I y se inserta anexo III bis - por: . Directiva 2003/89/CE, de 10 de noviembre de 2003 (DOCE L 308, de 25.11.2003). Modificada - se adapta con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía - por: . Directiva 2006/107/CE, de 20 de noviembre de 2006 (DOUE L 363, de 20.12.2006). Modificado el anexo III, por: . Directiva 2006/142/CE, de 22 de diciembre de 2006 (DOUE L 368, de 23.12.2006). Sesustituye el anexo III bis, por: . Directiva 2007/68/CE, de 27 de noviembre de 2007 (DOUE L 310, de 28.11.2007). Modificada - establece una prórroga de comercialización para los vinos definidos en el anexo IV de la OCM vitivinícola, comercializados o etiquetados antes del 31.12.2010 que cumplan con lo dispuesto en la Directiva 2005/26/CE por: . Reglamento (CE) 415/2009, de 20 de mayo de 2009 (DOUE L 125,de 21.05.2009). Modificada - establece una prórroga de comercialización, para los vinos definidos en el anexo XI ter del R (CE) 1234/2007, comercializados o etiquetados antes del 30.06.2012 que cumplan con lo dispuesto en la Directiva 2005/26/CE por: . Reglamento (UE) 1266/2010, de 22 de diciembre de 2010 (DOUE L 347, de 31.12.2010). Se modifica el artículo 6, por: . Reglamento (CE) 1332/2008, de16 de diciembre de 2008 (DOUE L 354, de 31.12.2008). © Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino NIPO 770-11-076-7
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Se sustituye el anexo III, por: . Reglamento (CE) 1334/2008, de 16 de diciembre de 2008 (DOUE L 354, de 31.12.2008). Se modifica – artículos 4.3,6.3 bis, 6.6, 6.7, 6.11, 7.2, 7.3, 7.4, 8.4, 8.6, 11.2, 12, 16.1, 20.3, 21 y se añade un apartado 4 al artículo 20 - por: . Reglamento (CE) 596/2009, de 18 de junio de 2009 (DOUE L 188, de 18.07.2009). TEXTO CONSOLIDADO DIRECTIVA 2000/13 a 07.08.2009.
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I.2. Normas comunitarias relativas a la indicación del lote.
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1.- DIRECTIVA 89/396/CEE, de 14 de junio de 1989 (DOCE L 186, de 30.06.1989), relativa a las menciones o marcas que permitan identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio. Modificado el apartado 2 del artículo 2, por: . Directiva 91/238/CEE, de 22 de abril de...
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