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Páginas: 10 (2266 palabras) Publicado: 1 de julio de 2014
DOCUMENTO GENERAL
INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA INSPECCION OFICIAL ANTE Y POST
MORTEM EN AVES Y SUS CARNES PARA SU EXPORTACIÓN A LA UNION EUROPEA

INDICE
Página

I.- INTRODUCCIÓN
II.- ESTRUCTURA DEL EQUIPO DE INSPECCIÓN

2
OFICIAL (EIO)

3

III.- RECEPCIÓN DE AVES E INSPECCIÓN ANTE MORTEM

3

III.1.- Recepción de las aves en establecimiento faenador

3

III.2.-Inspección Ante mortem

4

IV.- INSPECCIÓN POST MORTEM

5

IV.1.- Requisitos específicos para la inspección post mortem

6

IV.2.- Inspección post mortem post eviscerado

6

D-CER-VPE-PP-005-versión 01

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DOCUMENTO GENERAL
INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA INSPECCION ANTE Y POST
MORTEM EN AVES Y SUS CARNES PARA SU EXPORTACIÓN A LA UNION EUROPEA

I.-INTRODUCCIÓN
El presente documento contiene instrucciones complementarias y específicas, basadas
en la normativa de la Unión Europea, para dar cumplimiento con la inspección
sanitaria oficial en aves.
Las instrucciones se aplican a las actividades de inspección ante y post mortem
ejecutadas por el equipo de inspección oficial (EIO), a las aves, sus carcasas y
subproductos, desde la recepción de lasaves vivas hasta la salida de las carcasas y
menudencias de los enfriadores y previo a su ingreso a salas de proceso en todos los
establecimientos faenadores de aves que estén habilitados para exportar carne de ave
a la Unión Europea.
Junto al cumplimiento de las exigencias nacionales para la inspección sanitaria oficial y
en atención a los requisitos según legislación vigente, el ServicioAgrícola y Ganadero
(SAG) también debe cumplir y verificar las exigencias establecidas por la Unión
Europea.

La inspección ante mortem está regulada por el Reglamento (CE) 853/2004 y
el Reglamento (CE) 854/2004.


La inspección post mortem esta regulada por el Reglamento (CE) 854/2004.

En particular, se debe tener presente lo siguiente:


Procedimientos generales, Capítulo III,Sección I del Anexo I.



Procedimientos específicos, Capítulo V, Sección IV del Anexo I.



Frecuencia y responsabilidad de la inspección, Sección III, Anexo I.



Requisitos para las decisiones relativas a la carne, Capítulo V, Sección II,
Anexo I.


Por otra parte, es el Reglamento (CE) 853/2004 el que establece que los
establecimientos faenadores
deberán seguir lasinstrucciones de la autoridad
competente para garantizar que la inspección post mortem de todos los animales
sacrificados se efectúe en condiciones adecuadas de conformidad con el Reglamento
(CE) N° 854/2004.
Esta inspección se debe realizar de acuerdo a la legislación nacional vigente:

Decreto Supremo Nº 977/96, Reglamento sanitario de los alimentos. Ministerio
de Salud.D-CER-VPE-PP-005-versión 01

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DOCUMENTO GENERAL
INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA INSPECCION ANTE Y POST
MORTEM EN AVES Y SUS CARNES PARA SU EXPORTACIÓN A LA UNION EUROPEA

Norma General Técnica Nº 117, sobre la Inspección Médico Veterinaria de Aves
de Corral y su carne. Ministerio de Salud.

II.- ESTRUCTURA DEL EQUIPO DE INSPECCIÓN OFICIAL (EIO)
El equipo de inspección está conformadopor:


Médico Veterinario Oficial Jefe de Equipo (JMVIO)



Médico Veterinario Inspector Oficial (MVIO)



Técnico Inspector Oficial (TIO)



Auxiliar de inspección (personal del establecimiento faenador)

III.- RECEPCIÓN E INSPECCIÓN ANTE MORTEM
III.1.- Recepción de las aves en establecimiento faenador
Las actividades que debe realizar El MVIO con o sin apoyo del TIO en elproceso de
recepción de las aves, son las siguientes:
III.1.1.- Recepción y revisión del Informe de Origen de las Aves de Corral emitido en
la granja de origen por un Médico Veterinario Autorizado, para cada uno de los lotes a
faenar, de forma tal de determinar la segregación de lotes y orientar la inspección
ante mortem y post mortem. Este informe debe llegar a lo menos con 72 horas de...
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