Evento social
CURSO : Profesores: Modera Fecha: SEGURIDAD SOCIAL DE LOS ARTISTAS Y MODELOS DE ORGANIZACIÓN DE FIESTAS Manu Alkiza, Luisja Ugarte, Jabi Allende e Idoia Ortiz de Zárate Mikel Etxebarria 05/04/2011
PROGRAMA:
9:00 hs: Llegada y presentación del curso 9:15 hs -10:00 hs: Seguridad Social de los artistas. Manu Alkiza, Ayuntamiento de Getxo. Posterior debate. 10:00 hs – 10:30 hs:Modelos de organización de fiestas. Luisja Ugarte, Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano. 10:30 hs – 10:50 hs: Modelos de organización de fiestas. Manu Alkiza, Ayuntamiento de Getxo. 10:50 hs – 11:20 hs: Pausa para el café. 11:20 hs – 11:40 hs: Modelos de organización de fiestas. Jabi Allende, Ayuntamiento de Zalla 11:40 hs – 12:00 hs: Modelos de organización de fiestas. Idoia Ortiz de Zárate,Ayuntamiento de Mungia. 12:00hs – 13:30 hs: Debate sobre los modelos de organización de fiestas. 13:30 hs: Fin del curso.
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SEGURIDAD SOCIAL DE LOS ARTISTAS. Manu Alkiza
ESQUEMA TRES PARTES CURSO: 1.- Concepción teórica de las relaciones entre el artista, el organizador y la S.S. 2.- Práctica habitual en la contratación de artistas 3.- Respuestas a las preguntas que habéisplanteado alguno de vosotros.
ANTECEDENTES: Comunicación de la Dirección Provincial de la Tesorería sobre Artistas en Fiestas Locales (9-8-2010) y posterior solicitud de documentación (3-11-2010).
CONCEPTO TEORICO La organización de un espectáculo público afecta a: 1) Empresario u Organizador de un espectáculo público artístico (nosotros, ayuntamientos, organismos autónomos, etc.) 2) Artistas,aquellos que desarrollan una actividad artística a cambio de una contraprestación económica. ¿Qué ocurre en la realidad? Que músicos y artistas pueden ser autónomos o por cuenta propia o bien trabajadores por cuenta ajena, cuando hablamos de profesionales, posteriormente hablaremos de los casos en los que no estamos contratando profesionales. Se entiende por trabajador por cuenta ajena cuando eltrabajador trabaja para una sola empresa, una productora por ejemplo, existe una relación laboral exclusiva, o bien, en nuestro caso, cuando contratamos a un artista para una fecha, solo podría estar con nosotros. Es en este caso donde habría que proceder a la tramitación con la S.S.
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Se entiende por trabajador autónomo o por cuenta propia cuando realiza, de forma habitualpersonal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo. Con este tipo de artista se debería establecer un contrato mercantil con las diversas cláusulas que figuran habitualmente en estos contratos, y para cobrar el artista extiende una factura al contratador del servicio.
CONCEPTO-LEGISLACIÓN: Cuando esa contratación se realiza a un artista por cuentaajena, esta relación entre el organizador y el artista de un espectáculo público viene recogida en el estatuto de los trabajadores como una relación laboral especial. El artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores establece que: 1.- La presente ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización ydirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. 2.- A los efectos de esta Ley, serán empresarios todas las personas física o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referentes en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmenteconstituidas”.
La contratación de los artistas en las fiestas locales, como vamos a ver posteriormente en los diversos modelos de organización que existen de fiestas en nuestros municipios, determina quién es el organizador o empresario y por tanto quien está obligado a cotizar por ellos.
Ámbito de aplicación: Quedan incluidos en el ámbito de aplicación del R.D. citado, todas las relaciones...
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