Evidencia Certificacion y Objetividad Notarial
Objetivación: Consiste en que todo lo percibido debe plasmarse en un instrumento; es decir, todo lo que el notario percibe sensorialmente o por el dicho de otros debeconstar por escrito dentro de un protocolo. Lo anterior se refiere a que toda actuación notarial debe hacerse en el protocolo.
Coetaneidad o simultaneidad: Se define como la relación tripartita entre lo narrado o lo percibido, su plasmación en el instrumento notarial y su otorgamiento.
ARTÍCULO 89.- El Notario Público redactará las escrituras en español sin perjuicio de que
pueda asentarpalabras en otro idioma que sean generalmente usadas como términos de
ciencia, arte, marcas, patentes y otros determinados y observará las reglas siguientes:
I.- Expresará en el proemio, el lugar y fecha en que se asiente la escritura, su nombre y
apellidos, el número de la notaría a su cargo, el carácter de Titular o Adscrito y en el
caso de este último, si actúa por licencia del Titular o porsu autorización en caso de
ejercicio indistinto, el acto o actos contenidos, el nombre de él o los otorgantes, de sus
representados y demás comparecientes en su caso;
* EVIDENCIA
II.- Indicará la hora en los casos en que la Ley así lo ordene y cuando a su juicio sea
pertinente;
* EVIDENCIA
III.- Consignará los antecedentes y certificará haber tenido a la vista los documentosque se
le hubieren presentado para la conformación de la escritura;
* EVIDENCIA
IV.- Si se tratare de inmuebles examinará el título o los títulos respectivos; relacionará
cuando menos el último título de propiedad del bien o del derecho objeto del acto
contenido en la escritura y citará los datos de su inscripción en el Registro Público o
señalará en su caso, que dicha escritura aún noestá registrada;
* EVIDENCIA
V.- Los documentos exhibidos al Notario Público para la satisfacción de requisitos
administrativos y fiscales deberán ser relacionados;
* EVIDENCIA
VI.- Si no le fuese exhibido el documento que contenga los antecedentes en original el
Notario Público podrá imponerse, por rogación de parte y bajo su responsabilidad y
criterio notarial de la existenciade documentos certificados que obren en archivos y
registros públicos, que tutelen a su entender la certidumbre o apariencia jurídica
necesarias para hacer la escritura. De ello hará mención el Notario en el instrumento;
* OBJETIVACION
VII.- No deberá modificarse en una escritura la descripción de un inmueble, si por una
modificación se le agrega un área que no le corresponde conformea sus antecedentes
de propiedad. La adición podrá ser hecha si se funda en una resolución o diligencia
judicial o en una orden o constancia administrativa que provenga de autoridad
competente. Por el contrario cualquier error aritmético material o de transcripción que
conste en asientos o instrumentos regístrales sí podrá rectificarse mediante escritura sin
los requisitos señalados,teniéndose esto en cuenta para que el Registro haga
posteriormente la rectificación correspondiente en términos del Código Civil en el
asiento respectivo. En todo caso el Notario Público asentará expresamente el haber
efectuado dicha rectificación por la rogación de parte pudiendo expresar las evidencias
que le indujeron a efectuarla;
* OBJETIVACION
VIII.- En las protocolizaciones de actas...
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