Evolución y negación del derecho subjetivo administrativo
Evolución y negación del derecho subjetivo
Jorge Agudo gonzález1
Sumario: I. Introducción. II. Estudio retrospectivo acerca de la evolución de la categoría jurídica “derecho subjetivo”. A. Del Derecho romano a la Revolución francesa. B. Del siglo xix hasta nuestros días. C. El análisis económico del Derecho: derechos y obligaciones o incentivos y rémoras implícitas para los destinatariosde las normas. D. La noción de derecho subjetivo en la doctrina iusprivatista y iuspublicista española.
RESUMEN
El debate sobre la naturaleza jurídica de la categoría del derecho subjetivo ha centrado la atención de grandes juristas. La polémica en torno a esta cuestión resulta en todo caso lógica, pues nos referimos a una categoría jurídica fundamental en la “arquitectura” dogmático-jurídica.Esta controversia alcanzaría una de sus más importantes manifestaciones con el gran jurista francés león duguit, quien dedicó una parte primordial de su obra jurídica a contestar a las tesis clásicas, negando desde la teoría jurídico-sociológica, la existencia misma de los derechos subjetivos.
PALABRAS CLAvE
Derecho subjetivo.
EvOLUTION AND DENIAL OF THE SUBJECTIvE RIGHT ABSTRACT
Thedebate about the juridical nature of the category of subjective rights has always focused the attention of the greatest jurist. This controversy reached
1
Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid (España). Correo electrónico: [jorge.agudo@uam.es]. Fecha de recepción: 24 de enero de 2011. Fecha de aceptación: 4 de abril de 2011.
R evista
digital de
deRechoadministRativo, n .º 5,
pRimeR semestRe /2011, pp.
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Jorge Agudo González
its highest point with the great French jurist león duguit who dedicated a considerable part of its theoric works to disclaim the existence of subjective rights.
KEywORDS
Subjective rights.
I. INTRODUCCIÓN
El debate sobre la naturaleza jurídica de la categoría del derecho subjetivo ha centradola atención de grandes juristas. La polémica en torno a esta cuestión resulta en todo caso lógica, pues nos referimos a una categoría jurídica fundamental en la “arquitectura” dogmático-jurídica. Esta controversia alcanzaría una de sus más importantes manifestaciones con el gran jurista francés león duguit, quien dedicó una parte primordial de su obra jurídica a contestar a las tesis clásicas,negando desde la teoría jurídico-sociológica 2, la existencia misma de los derechos subjetivos. duguit, padre de la moderna sociología jurídica, defenderá un sistema jurídico basado en la teoría de la solidaridad, en el Derecho objetivo y en las denominadas “situaciones jurídicas subjetivas”. A tal efecto, reconduce el Derecho al hecho social, al margen por tanto de cualquier clase de elementometafísico, integrándose así en la corriente realista del Derecho y en el positivismo jurídico3, mostrando su rechazo frontal a la noción de derecho subjetivo nacido de la Revolución francesa por considerarlo “de orden puramente metafísico, lo que está en contradicción indudable con las tendencias de las sociedades modernas, y con el realismo, digamos la palabra, con el positivismo de nuestra época”4. Eneste marco, tiene su origen la “ética de la solidaridad”, en virtud de la cual no cabe reconocer la existencia de un poder de voluntad del hombre, sino la sumisión a las necesidades solidarias del grupo en el que el hombre vive. Por esta razón, en la medida en que el hombre se somete al grupo, debe
2 La Sociología del Derecho, de león duguit, tiene como base la construcción sociológica deduRkheim. La división del trabajo social, trad. de c.g. posada, Barcelona, 1993, 2 vols., para quien el fundamento del Derecho se sitúa en la noción de solidaridad humana y de interdependencia social. Del mismo modo, también es tributaria de la doctrina del “Derecho social” planteada por algunos solidaristas franceses, que realzaron la unidad e interdependencia existente en la sociedad (BouRgeois,...
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