Evolucion De La Responsabilidad A Partir Del Analisis De Sus Funciones
1. Principios Alterum non laedere (no dañar a nadie). Principio general del derecho del cual se deriva la obligación de reparartodos los daños que se causen a terceros con la propia actuación.
En efecto este principio, pretende indicar tanto una regla de compartimiento cuanto un precepto, cuya violación debe ser sancionada,no obstante el problema real, consiste en establecer cual es su exacta función.
Primer grupo.- se presenta un empleo del principio cuando el daño deriva de la lesión de un interés cuya calificacióny tutelabilidad en el ordenamiento se encuentra en discusión.
Segundo grupo.- El principio se plantea como un criterio operacional de la injusticia, y al mismo tiempo como un límite para establecersu amplitud. Un signo evidente de dicha concepción se encuentra en todas las sentencias en las que se identifica la injusticia en el comportamiento contra ius y non iure.
Tercer grupo: Se recurre alprincipio para sostener que también la administración pública puede ser responsable ante los privados, por ilícitos cometidos en perjuicio de estos. Dándose lugar, de esta manera, a la denominadaresponsabilidad externa de la administración.
2. Responsabilidad y resarcimiento: la estructura de la responsabilidad y la del resarcimiento difieren en mucho, dado que sus presupuestos son diferentes,en la responsabilidad al predominar el daño injusto, el presupuesto es el ilícito; en el resarcimiento el presupuesto es el daño patrimonial, es menester, entonces apreciar que la cuestión puede serexaminada desde un punto de vista de macro-sistema y desde un punto de vista de micro-sistema; a través del macro- sistema se puede individualizar de función de la responsabilidad civil y en elmicro-sistema permite comprobar la forma como se manifiesta los singulares elementos de cada supuesto, en relación con las categorías especificas del ilícito..
3. Sistema macro-sistema: la atención del...
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