Evolucion De Los Archivos
Gaceta Oficial N° 21.660 de fecha 13 de julio 1945
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EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA
Decreta
la siguiente, LEY DE ARCHIVO NACIONAL
Artículo 1.- Se declara de utilidad pública la guarda, conservación y estudio de los documentos y archivos históricos de la República
Artículo 2.- Los archivos ydocumentos a que se refiere el artículo anterior, pertenecen a las entidades políticas, eclesiásticas, culturales o personas privadas a quienes correspondan según la naturaleza de ellos o porque los hayanadquirido legítimamente.
Artículo 3.- La Nación propenderá a la mejor organización de todos los archivos del país, por medio de los organismos y funcionarios competentes que al efecto se crearen enesta Ley y en los Reglamentos que dictare el Ejecutivo Federal.
Artículo 4.- Los documentos históricos de la Nación y los expedientes de la Administración General se conservarán en el ArchivoNacional, que en lo sucesivo se denominará Archivo General de la Nación, en el Archivo del Congreso Nacional, en los archivos parciales de los Departamentos del Ejecutivo, en las Oficinas de RegistroPúblico y en los Archivos especiales que determine el Ejecutivo Federal.
Artículo 5.- El Archivo General de la Nación funcionará tanto como depósito de fondos documentales cuanto como InstitutoTécnico para la preparación del personal de los Archivos Públicos y como Centro de Investigación y de Cultura Histórica
Artículo 6.- El Archivo General de la Nación estará a cargo de un Director y de unSubdirector Secretario, quienes tendrán la dirección de los siguientes servicios: de Paleografía y Transcripción; de Clasificación y Catalogación; de Higiene y Conservación y de Biblioteca yPublicidad. Los servicios que se enumeran estarán a cargo inmediato de los Jefes de Servicios, Paleografía, Catalogadores, Clasificadores, Oficiales y Ayudantes que determine la Ley de Presupuesto de...
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