evolucion historica de la sociedad
Art. 1462.- Toda persona es legalmente capaz, excepto las que la ley declara incapaces.
Art. 1463.- Son absolutamente incapaces los dementes, los impúberes y la (sic)persona sorda que no pueda darse a entender de manera verbal, por escrito o por lengua de señas.
Sus actos no surten ni aún obligaciones naturales, y no admiten caución.
Son también incapaces losmenores adultos, los que se hallan en interdicción de administrar sus bienes, y las personas jurídicas. Pero la incapacidad de estas clases de personas no es absoluta, y sus actos pueden tener valor enciertas circunstancias y bajo ciertos respectos determinados por las leyes.
Además de estas incapacidades hay otras particulares, que consisten en la prohibición que la ley ha impuesto a ciertas personaspara ejecutar ciertos actos.
Código Civil Capacidad para el contrato de venta
Parágrafo 1o.
De la capacidad para el contrato de venta
Art. 1734.- Son hábiles para el contrato de venta todas laspersonas que la ley no declara inhábiles para celebrarlo o para celebrar todo contrato.
Art. 1735.- Es nulo el contrato de venta entre cónyuges, y entre padres e hijos, mientras éstos seanincapaces.
Código de procedimiento civil del remate voluntario
Sección 18a.
Del remate voluntario y de la venta de bienes de personas sujetas a guarda
Art. 776.- Si una persona que tiene la libreadministración de sus bienes, solicita que alguno de éstos se subaste, sin estar obligado a ello, fijará la base de la subasta y se procederá en la forma prescrita para el remate forzoso.
Art. 777.-La calificación de las posturas hará el solicitante, y aceptada una de ellas por éste, no podrá retractarse, y el juez expedirá el correspondiente auto de adjudicación.
Art. 779.- Para la ventao hipoteca de bienes raíces de menores o de otras personas sujetas a tutela o curaduría, será oído e intervendrá como parte uno de los agentes fiscales, con la obligación de cerciorarse de la...
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