examen de fisicos
5.1 Evaluar La exposición a temperaturas altas en la empresa “Cementos Paillalef “
5.2 Evaluar La exposición a Vibraciones de cuerpo completo en la empresa “Cementos Paillalef “
5.3 Evaluar La exposición a Ruido en la empresa “Cementos paillalef”
7.- Criterios de evaluación
7.1- Ruido:
Decreto supremo 594:
Artículo 70: En laexposición laboral a ruido se distinguirán el ruido estable, el ruido fluctuante y el ruido impulsivo.
Artículo 71: Ruido estable es aquel ruido que presenta fluctuaciones del nivel de presión sonora instantáneo inferiores o iguales a 5 dB(A) lento, durante un período de observación de 1 minuto.
1.1 DEL RUIDO ESTABLE O FLUCTUANTE
Artículo 73: En la exposición a ruido estable ofluctuante se deberá medir el nivel de presión sonora continuo equivalente (NPSeq o Leq), el que se expresará en decibeles ponderados ''A'', con respuesta lenta, es decir, en dB(A) lento.
Artículo 74: La exposición ocupacional a ruido estable o fluctuante deberá ser controlada de modo que para una jornada de 8 horas diarias ningún trabajador podrá estar expuesto a un nivel de presiónsonora continuo equivalente superior a 85 dB(A) lento, medidos en la posición del oído del trabajador.
Artículo 75: Niveles de presión sonora continua
equivalentes, diferentes a 85 dB(A) lento, se permitirán
siempre que el tiempo de exposición a ruido del
trabajador no exceda los valores indicados en la
siguiente tabla:
NPSeq Tiempo de exposición por Día
[dB(A)lento] Horas Minutos Segundos
80 24,00
81 20,16
82 16,00
83 12,70
84 10,08
85 8,00
86 6,35
87 5,04
88 4,00
89 3,17
90 2,52
91 2,00
92 1,59
93 1,26
94 1,00
95 47,40
96 37,80
97 30,00
98 23,80 99 18,90
100 15,00
101 11,90
102 9,40
103 7,50
104 5,90
105 4,70
106 3,75 107 2,97
108 2,36
109 1,88
110 1,49
111 1,18
112 56,40
113 44,64
114 35,43 115 29,12
Estos valores se entenderán para trabajadores
expuestos sin protección auditiva personal.
Artículo 76: Cuando la exposición diaria a ruido está compuesta de dos o más períodos de exposición a diferentes niveles de presión sonora continuos equivalentes, deberá considerarse el efecto combinado de aquellos períodos cuyos NPSeq sean iguales o superiores a 80dB(A) lento. En este caso deberá calcularse la dosis de ruido diaria (D), mediante la siguiente fórmula:
Te = Tiempo total de exposición a un determinado NPSeq
Tp = Tiempo total permitido de exposición a ese NPSeq
La dosis de ruido diaria máxima permisible será 1 (100%)
Artículo 77: En ningún caso se...
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