Excepciones dilatorias y perentorias con jurisprudencia
• EXCEPCIONES:
Excepción.- se entiende el derecho subjetivo procesal que tiene el demandado para contradecir u oponerse a la acción o a la pretensión hechas valer por la parte actora. En este sentido la excepción se identifica con el derecho de defensa en juicio.
Quinta Época
Registro: 281892
Instancia: Pleno
Tesis Aislada
Fuente: SemanarioJudicial de la Federación
XX
Materia(s): Común
Tesis:
Página: 56
EXCEPCIONES.
Sean dilatorias o perentorias, constituyen indiscutiblemente un derecho de defensa, y no porque se puedan ejercitar las perentorias, cabe negar el derecho de ejercitar las dilatorias, pues esto importa una violación flagrante a la ley, que sin duda es irreparable, porque la misma ley no establece medio algunopara obtener reparación de ese acto, en la secuela del juicio. Interpuestas en tiempo las excepciones dilatorias, deben sustanciarse en la forma prevenida por la ley, sin que proceda ya ocuparse de ellas en la sentencia definitiva.
Tomo XX, página 1351. Indice Alfabético. Amparo 4538/26. Mateos Martín José. 25 de enero de 1927. Mayoría de ocho votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. Disidentes:Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XX, página 56. Amparo civil en revisión 693/26. Canales Servando, sucesión de y coagraviado. 8 de enero de 1927. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Salvador Urbina y Gustavo A. Vicencio. Disidentes: Leopoldo Estrada, Francisco Díaz Lombardo, Teófilo H. Orantes y Elías Monges López. La publicación nomenciona el nombre del ponente.
o EXCEPCIONES DILATORIAS.
Se dirigen a impugnar la regularidad del proceso mismo. Si el demandado alega que el juzgador que está conociendo del asunto no es competente (excepción de incompetencia); que el supuesto apoderado de la parte actora no acreditó el carácter con que se ostenta (excepción de falta de legitimación procesal o de personalidad), etc. Seplanteará entonces una excepción dilatoria.
Quinta Época
Registro: 287897
Instancia: Pleno
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
VIII
Materia(s): Civil
Tesis:
Página: 1084
EXCEPCIONES.
Conforme al código de procedimientos federales, las excepciones dilatorias pueden oponerse antes de la contestación de la demanda.
Juicio ordinario contra la nación. Luján Ramón F.y coagraviados. 28 de junio de 1921. Resolutor: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Época
Registro: 281888
Instancia: Pleno
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
XX
Materia(s): Civil
Tesis:
Página: 57
EXCEPCIONES DILATORIAS.
Entre ellas ninguna puede ser considerada más esencial y excepcionalmente dilatoria, como la dearraigo personal, pues resultaría extemporáneo e ineficaz en cuanto a sus fines, resolver sobre ella en la sentencia definitiva del juicio, puesto que no tiende a otra cosa que a garantizar los derechos del demandado, en relación con la idoneidad del actor, al iniciarse el juicio; y si sobre la falta de idoneidad se resuelve en la sentencia definitiva, tal resolución, por ser extemporánea, noproduciría resultado alguno práctico, respecto de la expresada excepción.
Amparo civil en revisión 693/26. Canales Servando, sucesión de y coag. 8 de enero de 1927. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Leopoldo Estrada, Francisco Díaz Lombardo, Teófilo H. Orantes y Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Época
Registro: 281905
Instancia: Pleno
Tesis AisladaFuente: Semanario Judicial de la Federación
XX
Materia(s): Civil
Tesis:
Página: 88
EXCEPCIONES DILATORIAS.
El fallo que las declara improcedentes, constituye una violación sustancial del procedimiento, porque quien las opone, queda obligado a contestar la demanda y a seguir el juicio ante el Juez correspondiente, que no puede volver a ocuparse de ellas, ni pueden alegarse en segunda...
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