excepciones kosta azul
Señores:
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO
E. S. M
Ref: Proceso Ordinario de EDIFICIO KOSTA AZUL P.H contra SAUL HUERFANO JAIMES Y OTROS
Rad. 2014-175ROQUE JAVIER VILLAMIZAR MORENO, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, obrando como apoderado de la parte demandante, por poder debidamente conferido, me permito dar contestación alas excepciones previas presentadas por la parte demandada, conforme a las siguientes consideraciones:
1. EXCEPCION DE FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA PÓR ACTIVA: No esta llamada a prosperar.
Enprimera medida, en el inciso final del artículo 97 del C.P.C, reformado por la Ley 1395 de 2010, se tiene que la Legitimación en la causa por parte del demandante es la titularidad del interés materiadel litigio.
La Ley 675 de 2001 que rige la Propiedad Horizontal en Colombia, en su articulo 87, derogó las Leyes 182 de 1948, así como la 16 de 1985 y 438 de 1998.
El Edificio Kosta Azul-PropiedadHorizontal-, de conformidad al artículo 32 de la Ley 675, da origen a una persona jurídica: “Objeto de la persona jurídica. La propiedad horizontal, una vez constituida legalmente, da origen a unapersona jurídica conformada por los propietarios de los bienes de dominio particular. Su objeto será administrar correcta y eficazmente los bienes y servicios comunes, manejar los asuntos de interéscomún de los propietarios de bienes privados y cumplir y hacer cumplir la ley y el reglamento de propiedad horizontal”.
En la Ley 675 del año 2001, se establecen la propiedad horizontal, como underecho que ejerce sobre uno o mas pisos, viviendas o locales de un edificio, que han sido adquiridos por distintos propietarios en forma separada, pero tienen ciertos derechos y obligaciones en común comolo es reglamentar y organizar la relación entre las unidades privadas, propietarios y las zonas comunes del edificio.
Por lo mencionado anteriormente, corresponde al Representante Legal o...
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