Excepciones
A MANERA DE INTRODUCCIÓN
Para dar inicio al presente ensayo tenemos que remitirnos en forma obligatoria al concepto de la unión de hecho, que a continuación esbozamos: “La unión de hecho es el ayuntamiento libre, público y permanente o estable de dos personas de distinto sexo, con independencia de su orientación sexual, siempre que guarden entre sí una relaciónde afectividad análoga con el matrimonio
La unión de hecho ha tomado una evolución muy significativa en el Derecho Comparado y, también en el nuestro, para ello basta hacer un análisis histórico de la presente institución, evolución no en el sentido de la historia del término sino como ha ido avanzando en el Derecho Peruano, en su regulación; para ello analizaremos la jurisprudencia del TribunalConstitucional referido a la pensión de viudez, la Constitución Política de 1993, el Código Civil de 1984 y dos artículos referidos a la problemática jurídica y notarial de las uniones de hecho en el Perú
El derecho de familia, en nuestro país todavía no es muy cultivada. Cuando miramos el derecho de familia a través de la Constitución podemos advertir que muchos supuestos que nos parecíanimpensables con la mera aplicación del Código Civil, pueden ser aplicados cuanto buscamos en la constitución su fundamento. Es materia de análisis en el presente trabajo, en el cual se puede determinar de forma clara que el concepto de familia ya no es igual al de matrimonio, por lo cual la unión de hecho o convivencia también genera familia, y que el amparo que da la constitución a las uniones dehecho propias, no son solo patrimoniales, sino también personales, similares a las del matrimonio en cuanto le sean aplicables; esto por cuanto en la constitución de 1993, el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio.
LA UNIÓN DE HECHO EN EL PERÚ
Nuestra Constitución Política, en su artículo 5 señala: "La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonialque forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad de bienes, sujeta al régimen de sociedad de gananciales".
Significa que la unión de hecho en el caso de sus integrantes hayan adquirido bienes susceptibles de partición, estos quedan sometidos al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto fuera aplicable; es decir garantiza el derecho patrimonial de la pareja o de cada uno de ellos.Paralelamente, el artículo 326 del Código Civil, dispone; "La unión de hecho, voluntariamente realizada por un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio, origina una sociedad de gananciales, en cuanto le fuera aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos. La posesión constante deestado a partir de fecha aproximada puede probarse con cualquiera de los medios admitidos por la ley procesal, siempre que exista un principio de prueba escrita. La unión de hecho termina por muerte, ausencia, mutuo acuerdo o decisión unilateral. En este último caso, el juez podrá conceder, a elección del abandonado, una cantidad de dinero por concepto de indemnización o una pensión de alimentos,además de los derechos que le correspondan de conformidad con el régimen de sociedad de gananciales. Tratándose de la unión de hecho que no reúna las condiciones señaladas en este articulo el interesado tiene expedita, en su caso la acción de enriquecimiento indebido".
Es decir, pues, la pareja que se encuentra viviendo como una unión de hecho, estable y permanente que reúna los requisitosexigidos por la ley, genera una sociedad de gananciales respecto del patrimonio que hubiere generado dicha unión de hecho.
Los elementos de unión de hecho exigidos por el artículo 326 del Código Civil, son: cohabitación consensual; singularidad de la pareja; ausencia de impedimento matrimonial; permanencia o estabilidad; y estado aparente de familia.
No obstante, según los estudiosos que tratan y...
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