Excesos de Cotizacion en Isapres
Es el monto de sobrecotización que se produce cuando la cotización percibida es superior al mayor valor entre la cotización total pactada y la cotización legal del7% con tope legal imponible de 5,061 UF.
¿Cómo se generan los Excesos?
En su mayoría se originan al obtener remuneraciones extraordinarias, como bonos o gratificaciones, así como rentas de 2 ó másempleadores, lo que lleva a superar el tope imponible.
¿Cuándo una Isapre debe devolver los excesos de cotización a sus afiliados?
Los excesos de cotización producidos deben ser devueltos por laIsapre a sus afiliados antes del 30 de abril de cada año, para el saldo acumulado al 31 de diciembre del año anterior.
La devolución sólo deberá efectuarse para aquellos afiliados a quienes se les adeudauna cantidad acumulada superiores a 0,07 U.F., para los montos inferiores a 0,07 U.F. deberán considerarse en el siguiente período de devolución en la medida que sumados a nuevos excesos generadosdurante el período, presenten una cifra superior a 0,07 U.F.
¿Qué hacer para obtener la devolución de lo cotizado en Exceso?
Fonasa: Las personas beneficiarias deben solicitarlo en cualquier sucursalde Fonasa, presentando una carta indicando la situación y los documentos según sea el caso (copia de la planilla de pago de cotizaciones, liquidaciones de sueldo y-en caso de que tenga dos o másempleadores-los antecedentes que certifiquen la relación laboral como contrato de trabajo, con indicación de RUT y razón social del empleador).
Isapre: La normativa obliga a las administradoras a devolveren abril de cada año los saldos acumulados al 31 de diciembre del año anterior. Para ello le envían un cheque, efectúan transferencia electrónica, o ponen a disposición en una entidad bancaria un valevista, remitiendo una carta certificada a la última dirección registrada por los afiliados en la institución. También las personas afiliadas pueden solicitar la devolución de los excesos en...
Regístrate para leer el documento completo.