Exoneraciones tributarias
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Resolución 733 Dirección General del Servicio de Rentas Internas
BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LA TERCERA EDAD.
Resolución del SRI 733, RegistroOficial 689 de 23 de Octubre del 2002.
Econ. Elsa de Mena
DIRECTORA GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que el Art.8 de la Ley 41 de Creación del Servicio de Rentas Internas, dispone que su Director General expedirá resoluciones, circulares o disposiciones de carácter general y obligatorio,necesarias para la aplicación de las normas legales y reglamentarias;
Que con Decreto Ejecutivo No. 2823 de 12 de julio del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 623 del 22 de julio del2002, se expidió el Reglamento para la aplicación de los beneficios tributarios a favor del anciano, correspondientes a impuestos fiscales, previstos en la Ley del Anciano, publicada en el RegistroOficial No. 806 del 6 de noviembre de 1991, y sus posteriores reformas;
Que para la aplicación del citado reglamento es imprescindible definir los procedimientos administrativos para laatención expedita y preferente de los trámites que se presenten para el reconocimiento de tales beneficios tributarios; y,
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias.Resuelve:
Art. 1.- Para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 14 de la Ley del Anciano y en el Reglamento de aplicación de los beneficios tributarios a favor del ancianocorrespondientes a impuestos fiscales, respecto a exenciones relacionadas con ingresos y patrimonio de las personas de la tercera edad, los beneficiarios deberán inscribirse personalmente en el...
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