EXP1
MONTERO CASTILLO JOSÉ CARLOS
VS.
LÓPEZ ARREGUI OFELIA LEONILA Y
OBAYA LÓPEZ JORGE SALUSTIANO
H. JUNTA ESPECIAL NO. SEIS
DE LA JUNTA LOCAL DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
ENEL ESTADO.
PRESENTE
Licenciados Oscar Arcega Téllez y Francisco Javier Meza Hernández, con el carácter de Apoderados Legales de la C. OFELIA LEONILA LÓPEZ ARREGUI Y del C. JORGE SALUSTIANO OBAYALÓPEZ, tal y como lo acreditamos con CARTA PODER señalando como domicilio para oír notificaciones en la calle 2 Poniente Numero 101 Despacho 501 Edificio “Alles” Colonia Centro Historico respetuosamentevenimos a exponer lo siguiente:
Dar contestación a la demanda formulada por el señor JOSÉ CARLOS MONTERO CASTILLO, en contra de nuestros representados, negando que el actor tenga derecho alguno a laindemnización de tres meses por despido injustificado que invoca, ni a la indemnización consistente de veinte días de salario por cada año trabajado, ni al pago de salarios vencidos subsecuentes alsupuesto despido que señala en el escrito inicial de demanda, ni al pago del 5% por concepto de aportaciones al INFONAVIT, ni al pago de la portación del 2% por concepto de abono realizado al Sistema deAhorro para el Retiro, ni al pago de las aportaciones realizadas al Instituto Mexicana del Seguro Social, ni al pago de Horas Extras que exige en su escrito inicial de demanda, ni al pago de salariosvencidos subsecuentes al supuesto despido, en virtud deque el actor no fue despedido en forma alguna, ni en la fecha que indica ni en ninguna otra fecha, por lo que carece de derecho a todas y cada unade las prestaciones que reclama. .
Negando los hechos de la demanda por su orden manifiesto:
HECHOS
I. No Es cierto lo expuesto en el primer punto de hechos, pues, si bien es cierto que el actorsolo entró a prestar sus servicios en la fecha que menciona, a la empresa denominada “TIENDA EXPRESS”, con el puesto de encargado de internet realizando única y exclusivamente las labores de...
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