Expediente xxx
DELITO: LESIONES SIMPLESEXPEDIENTE: 4664/2010-A
C. JUEZ MENOR DE TOMATLAN, JALISCO
PRESENTE
Yo, Lic. Benjamín Torres Arechiga, defensor particular de la procesada ciudadana Josefina Blas Hernández, en virtud de habersecerrado la instrucción en el proceso 4664/2010-A, instruido en contra de mi defensa, por el delito de Lesiones Simples, por lo que con fundamento en los arts. 281 y 290 del Código de Procedimientos Penalespara el Estado de Jalisco se formulan las siguientes:
Conclusiones inacusatorias
El cuerpo del delito de Lesiones Simples previsto en el art. __________, en relación con el 7o., fracc. I, 80.,9o. y 13 del Código Penal, no ha quedado debidamente acreditado como lo previenen los arts. 94-99, 101, 105, 106, 121 y 122 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, con lossiguientes elementos de prueba:
a) Poner todas las pruebas presuncionales, que obran en el procedimiento.
b) Todas aquellas que beneficien al procesado.
Las pruebas anteriores tienen el valorprobatorio que les confieren los arts. 246, 253-255, 261 y 286 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, de donde se desprende que:
(Plasmar cómo sucedieron los hechos, según elprocesado.)
Conclusión
Consecuentemente, se concluye que no han quedado comprobados en autos todos los elementos del cuerpo del delito de ______________________________, que originó la presentecausa, por lo que no hay delito que perseguir; por tanto, mi defenso no es penalmente responsable del delito que le imputa el Ministerio Público, por lo que debe ponérsele en inmediata y absolutalibertad, para que no se sigan violando sus garantías individuales.
Por lo expuesto y con fundamento en los arts. 316 y 318 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal se formula el...
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