Experticias

Páginas: 16 (3839 palabras) Publicado: 25 de junio de 2011
LA EXPERTICIA EN EL PROCEDIMIENTO CIVIL

Miguel Camacaro Pérez, M.Sc.

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CÓDIGOS

Código: Conjunto de disposiciones legislativas reunidas en un solo cuerpo y destinado a regir las materias que constituyen el objeto de una determinada rama del derecho.

CÓDIGO CIVIL DE VENEZUELA
(Gaceta Nº 2.990 Extraordinaria del 26 de Julio de 1982)

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
(Gaceta OficialN° 4.209 Extraordinaria de fecha 18 de septiembre de 1990)

Miguel Camacaro Pérez, M.Sc.

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La Experticia en el Código Civil

“Art. 1.422. Siempre que se trate de una comprobación o de una apreciación que exija conocimientos especiales puede procederse a una experticia”. “Art. 1.423. la experticia se hará por tres expertos, a menos que las partes convengan en que la hará uno solo”.Miguel Camacaro Pérez, M.Sc.

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La Experticia en el Código Civil

“Art. 1.424. los expertos serán nombrados por las partes, de común acuerdo y a falta de acuerdo de las partes, cada una de ellas nombrará un experto y el Tribunal nombrará otro”. “Art. 1.425. El dictamen de la mayoría de los expertos se entenderá en un solo acto que suscribirán todos y debe ser motivado, circunstancia sin lacual no tendrá validez”. Si no hubiere unanimidad, podrán indicarse las diferentes opiniones y sus fundamentos.
Miguel Camacaro Pérez, M.Sc. 4

La Experticia en el Código Civil

“Art. 1.426. Si los tribunales no encontraren en el dictamen de los expertos la claridad suficiente, podrán ordenar nueva experticia por uno o mas expertos, que también nombrarán de oficio, siempre en número impar,los cuales podrán pedir a los anteriores expertos las noticias que juzguen convenientes”. “Art. 1.427. los jueces no están obligados a seguir el dictamen de los expertos, si su convicción se opone a ello”.
Miguel Camacaro Pérez, M.Sc. 5

COMENTARIOS (Calvo Baca, 2003)

Experticia. Prueba pericial. Es el medio probatorio personal que busca la convicción del Juez sobre la existencia oinexistencia de ciertos hechos, a través de la opinión de personas con conocimientos técnicos o científicos acerca de la materia controvertida.

Miguel Camacaro Pérez, M.Sc.

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COMENTARIOS (Calvo Baca, 2003)

La experticia se diferencia de la inspección judicial en que mientras en la primera el reconocimiento técnico o científico está encomendado a terceros, denominados expertos o peritos; en lasegunda, el mismo Juez hace la constatación de los hechos que se debaten en el proceso.

Miguel Camacaro Pérez, M.Sc.

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COMENTARIOS (Calvo Baca, 2003)

Los expertos determinan las causas y efectos de los hechos y las razones de orden técnico que pueden pasar desapercibidas a primera vista. Así, se puede comprobar a través de la vista la rajadura que presenta el muro pero no la causa dela misma, esta sería materia de una experticia.

Miguel Camacaro Pérez, M.Sc.

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COMENTARIOS (Calvo Baca, 2003)

La experticia por otra parte se efectuará sólo sobre los puntos de hechos en la oportunidad en que lo determine el Tribunal. Puede solicitarla de oficio el Juez, en los casos permitidos por la Ley o la parte interesada en ella.

Miguel Camacaro Pérez, M.Sc.

9 JURAMENTACIÓN DE LOS EXPERTOS (Calvo Baca, 2003)

Nombrados por las partes. El tercer día siguiente al del nombramiento de los expertos, ellos deberán concurrir a la hora fijada y sin necesidad de notificación – oficial – a prestar juramento de desempeñar fielmente su cargo. Carga de presentación. Cada parte, por el solo hecho de hacer el nombramiento de su experto, tiene la carga de presentarlo alTribunal.
Miguel Camacaro Pérez, M.Sc. 10

JURAMENTACIÓN DE LOS EXPERTOS (Calvo Baca, 2003)

No comparecencia. Si el experto no compareciere oportunamente, el Juez procederá inmediatamente a nombrar a otro en su lugar. Nombrados por el Juez. En la experticia acordada de oficio o a pedimento de la parte, el experto o los expertos que nombre el Juez prestarán su aceptación y juramento dentro de...
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