EXPO DERECHO AGRARIO
ORGANOS DE LA ADMINISTRACION AGRARIA
OBJETO El Instituto Nacional de Tierras
Artículo 117 (LTDA). El Instituto Nacional de Tierras tiene por objeto la administración, redistribución de las tierras y la regularización de la posesión de las mismas, de conformidad con el presente Decreto Ley, su Reglamento y demás leyes aplicables.
De ser necesario para garantizar la ejecución delos actos administrativos que dicte, podrá hacer uso de la fuerza pública.
Podemos resumir que el INTI tiene por objeto establecer las bases del desarrollo rural integral y sustentable con la finalidad de incrementar la productividad de la tierra, además de la equidad y de la justa distribución de la misma. Sin embargo, para el sector privado venezolano, la mencionada ley constituye una amenaza deexpropiación que limitaría el uso productivo de las tierras. No obstante, el propósito principal de dicha Ley es desarrollar una producción agraria en función de las necesidades agroalimentarias que demanda la población venezolana, teniendo como premisa la eliminación del latifundio a través de una adecuada redistribución de las grandes extensiones de terreno que han permanecido ociosas e incultaspor muchos años.
ATRIBUCIONES Y COMPETENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRA (INTI)
Están establecidas en el artículo 119 (LTDA).
Corresponde al Instituto Nacional de Tierras:
1. Adoptar las medidas que estime pertinentes para la transformación de todas las tierras con vocación de uso agrario, en unidades económicas productivas.
2. Otorgar, renovar y revocar certificados de clasificación defincas, en los cuales se determinará su condición de: finca productiva, finca mejorable o finca ociosa. En el caso de los certificados de finca productiva y mejorable, el Instituto Nacional de Tierras podrá otorgar, renovar o revocar, el correspondiente certificado a los propietarios u ocupantes de tierras con vocación de uso agrario, de conformidad con lo previsto en la presente Ley.
3. Determinar elcarácter de ociosas o incultas que tengan las tierras con vocación de uso agrario, y rescatar o expropiar, según corresponda, las tierras que tengan tal carácter, de conformidad con lo previsto en esta Ley.
4. Conocer, decidir y revocar la procedencia de la adjudicación de tierras, así como otorgar los títulos de adjudicación permanente.
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5. Establecer los proyectos de mejoramientode las tierras adjudicadas, que deben cumplirse a los fines de hacerlas productivas, con base en los planes de desarrollo del Ejecutivo Nacional.
6. Iniciar de oficio o por denuncia el procedimiento de rescate de las tierras de su propiedad que se encuentran ocupadas irregularmente.
7. Ordenar la apertura del procedimiento de expropiación y solicitar la expropiación forzosa por ante el respectivotribunal.
8. Llevar el Registro Agrario de tierras y aguas.
9. Levantar en censo de aguas con fines agrarios.
10. Expedir la Carta de Registro.
11. Afectar las tierras con vocación de uso agrario, que hubieren sido desafectadas, en las cuales no existan desarrollos urbanos, ni construcciones o edificaciones.
12. Declarar o negar la garantía de permanencia previsto en la presente Ley, de conformidadcon lo previsto en el parágrafo primero del artículo 17 de esta Ley. A estos efectos, el Instituto informará mediante resolución, a los solicitantes sobre los recaudos que deberán presentar para la declaratoria, así como de los trámites a seguir de conformidad con lo establecido en el reglamento de esta Ley y en las resoluciones que al efecto dicte el Instituto Nacional de Tierras.
13. Revocar elacto que declaró la garantía de permanencia, cuando esté plenamente demostrado que los supuestos que le dieron origen a su reconocimiento han cesado o si voluntariamente el beneficiario hubiere dejado de permanecer en las tierras.
14. Participar en la regulación del uso de las tierras con vocación de uso agrario, ubicadas en áreas bajo régimen de administración especial, observando la normativa...
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