Exportaciones y Saldo a Favor Del Exportador
Consumidor final situado en el exterior. No se va a gravar efectivamente con el IGV peruano. Se quiebra la estructura donde los fabricantes, ocomerciantes o distribuidores solo son agentes retenedores de impuestos, y quien soporta la carga son los consumidores finales. El consumo no se va a dar en el país, por lo tanto no se debería gravar con elIGV.
Como el IGV es un impuesto al consumo debería de gravar únicamente al consumidor final, no valor agregado no crédito fiscal.
Esto no es posible porque se gravan todas las etapas sinoestarías perjudicando al expotador, que sucederia con los impuestos generados en las etapas anteriores; se le otorga un derecho exclusivo de Exportadores, para recuperar los créditos fiscales de etapasanteriores, para compensar otras obligaciones tributarias o incluso devueltas.
Exportador no va a tener un impuesto bruto, el exportador no genera impuesto bruto, el fenómeno para el es acumular todoslos impuestos pagados de etapas anteriores. Si solo fuera exportador no tendría posibilidad de recuperar el crédito fiscal, el estado formula una solución, reconocer cualquier crédito fiscalrelacionado con una actividad de exportación, servirá para compensar cualquier tributo, impuesto a la renta y si hay un excedente, tiene la posibilidad de solicitar su devolución. Se evita la acumulación,ayudando a la competitividad de los exportadores. Se aprecia claramente con la exportación de bienes. Deberia ocurrir lo mismo con un exportador de servicios. Numerus clausulus, cuales son los serviciosexportables apendice 5to. Consultoria y asistencia técnica, publicida investigación de mercado y encuestas, arrendamiento de bienes muebles, etc.
En la practica el saldo a favor del exportador,notas de crédito no negociables. devolucion o notas de crédito por el 19% de las operaciones de exportaciones realizadas. Sino es suficiente lo traslada al mes siguiente. Saldo a favor del exportador,...
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