exposición
Funciones y facultades generales art. 373
Estudiar las características de las respectivasprofesiones, salario y prestaciones sociales que cancela la empresa a los trabajadores.
Promover por el acercamiento entre empleadores y trabajadores sobre las bases de justicia y mutuo respeto.
Celebrarconvenciones colectivas y contratos sindicales.
Asesorar a los asociados en la defensa de los derechos que emanan del contrato de trabajo.
Representar procesalmente ante cualquier autoridad losintereses económicos comunes o generales de los asociados.
Promover la educación técnica y profesional de los asociados.
Prestar su auxilio en caso de enfermedad, invalidez y desocupación de susafiliados.
Promover el desarrollo y creación de cooperativas, cajas de ahorro y préstamo, escuelas, bibliotecas, hospitales, campos deportivos, etc.
Servir de intermediario para adquirir y distribuir entresus afiliados artículos de consumo, materias primas y elementos de trabajo a precio de costo.
Adquirir a cualquier título y poseer los bienes muebles e inmuebles que se requieran para ejercer susactividades.
Funciones que desarrolla las anteriores. Art 374
Designar dentro de sus propios afiliados las comisiones de reclamos permanentes o transitorias y los delegados del sindicato en lascomisiones disciplinarias.
Presentar pliegos petitorios relativos a las condiciones de trabajo.
Adelantar el trámite legal de los pliegos petitorios, designar y autorizar a los afiliados que deberánnegociarlos y nombrar árbitros cuando haya lugar a ello.
Declarar la huelga de acuerdo a los preceptos de la ley.
Para ejercer las funciones anteriores tanto empleadores como autoridadesadministrativas de trabajo están obligados a atender los representantes sindicales.
PROHIBICIONES DE LOS SINDICATOS
Los arts. 378 y 379 establecen una serie de prohibiciones específicas para los sindicatos,...
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