EXPOSICION FAMILAR 24
(Pacto de San José de Costa Rica)
Fue suscrita el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José en Costa Rica y entró en vigencia el 18 dejulio de 1978.
Los deberes a que se encuentran obligados los Estados signatarios son fundamentalmente dos:
Respetar los derechos y libertades reconocidos en la Convención y garantizar su libre y plenoejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna
Si los derechos mencionados en este instrumento internacional, los Estados parte no garanticen estos, los sujetostienen la obligación de adoptar las medidas legislativas o de otra índole de carácter interno que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades
Como medios de protección de losderechos y libertades, establece dos órganos para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de la Convención:
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Ante esta se puedenpresentar los siguientes procedimientos
1) Procedimiento de Petición (art. 44)
Cualquier persona o grupo de personas o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estados Miembros de laOrganización de Estados Americanos puede presentar peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de la Convención por un Estado Parte
2) Procedimiento de Comunicación (art. 45)
Todo EstadoParte puede alegar que otro Estado Parte ha incurrido en violaciones de los derechos humanos establecidos en la Convención, siempre que haya reconocido la competencia de la Comisión para ello en elmomento del depósito del Instrumento de Ratificación o Adhesión, o en cualquier momento posterior
La Corte Interamericana de Derechos Humanos
Ante ella sólo pueden ser sometido un caso por parte de:1) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos
2) Alguno de los Estados Partes de la Convención (art. 61)
*CUANDO SE CUMPLAN LOS SIGUIENTES REQUISITOS
a) Haber agotado los procedimientos...
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