extincion de mandato
Amparo en revisión184/91.-Drogueros, S.A. de C. V.-2 de marzo de
1992.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Mariano Azuela Guitrón.
Secretaria: Graciela M. Landa Durán.
Semanario Judicial de la Federación
TerceraSala
Volumen: IX MARZO
Clave:3a.XXI/92
Primera Parte
Página: 22
Octava Epoca
MANDATO. SUBSISTE DESPUES DE LA MUERTE DEL MANDANTE,
HASTA EN TANTO SU SUCESION TENGA REPRESENTACION. De
conformidadcon lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley de Amparo, coincidente,
entre otros con los artículos 2600 del Código Civil del Distrito Federal y 2114 del de
Guanajuato, el mandatario judicial debecontinuar en el ejercicio del mandato,
después del fallecimiento del mandante, en todos aquellos negocios en que haya
asumido su representación, entre tanto la sucesión tenga representación legal.Amparo directo 3632/87. María Consolación Fajardo Baez. 30 de
septiembre de 1987. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón.
Semanario Judicial de la Federación
Tercera Sala
Volumen:217-228
Cuarta Parte
Página: 191
Séptima Epoca
(IV.- 169)
SUCESION, MANDATO OTORGADO POR EL AUTOR DE LA. VALIDEZ
POR RATIFICACION DE LOS HEREDEROS. El mandato otorgado por el autor
de la...
Regístrate para leer el documento completo.