EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO CAMIONEROS
Causas - Conceptos a abonar
Trabajo realizado por: Editorial Sistema de Informes Laborales, Impuestos y Sociedades
CAUSA
DECISION DE
ARTICULO
DE LA LCT
CONCEPTOS A ABONAR
COMENTARIO
Renuncia
Trabajador
Artículo 240
- Remuneración proporcional a los días trabajados en el mes de la renuncia.
- SAC proporcional a los días trabajados.
- Vacaciones No Gozadas(proporcional a los días trabajados).
- SAC sobre Vacaciones No Gozadas.
El trabajador extingue el contrato de trabajo unilateralmente, mediando o no preaviso.
El trabajador debe comunicar su decisión por medio de telegrama colacionado al empleador o expresar su voluntad ante la autoridad administrativa quien deberá comunicar esta decisión al empleador.
El telegrama es gratuito.
Abandono deTrabajo
Trabajador
Artículo 244
- Remuneración proporcional a los días trabajados en el mes.
- SAC proporcional a los días trabajados.
- Vacaciones No Gozadas (proporcional a los días trabajados).
- SAC sobre Vacaciones No Gozadas.
Ante las ausencias injustificadas y sin aviso del trabajador, el empleador lo debe intimar para que dentro del plazo de 48 hs. se presente a trabajar y justifique lasinasistencias.
Si pasado el plazo, el trabajador no responde o no se presenta a trabajar, se le debe enviar una nueva notificación informando la extinción del contrato por abandono de trabajo.
Despido Indirecto
Trabajador
Artículo 246
- Remuneración proporcional a los días trabajados en el mes.
- SAC proporcional.
- Vacaciones No Gozadas proporcionales.
- SAC sobre Vacaciones No Gozadas.
-Indemnización Sustitutiva de Preaviso
- Indemnización por Antigüedad
- Indemnización Integración Mes de Despido.
- Otras indemnizaciones contempladas en el Convenio Colectivo de la actividad que se trate si correspondiera.
El trabajador puede considerarse despedido ante un hecho grave del empleador que le provoque perjuicio.
Algunos de los hechos que pueden ser causal de extinción del contrato son lossiguientes:
- Que el empleador rebaje salarios
- Que el empleador modifique la modalidad de contratación
- Que el empleador no abone las remuneraciones.
Ante un hecho grave, el trabajador deberá intimar al empleador para que modifique la decisión y si no responde o no rectifica la situación, el trabajador puede considerarse despedido.
Despido con Justa Causa
Empleador
Artículo 242
- Remuneraciónproporcional a los días trabajados en el mes.
- SAC proporcional a los días trabajados.
- Vacaciones No Gozadas proporcionales.
- SAC sobre Vacaciones No Gozadas.
La LCT establece que cuando ocurran hechos graves que impliquen injuria para el empleador y que por su gravedad no se pueda continuar la relación laboral, se podrá extinguir el contrato de trabajo con justa causa.
La ley no define quése considera hecho grave y deja a consideración de los jueces la determinación de las causales que pueden considerarse para justificar el despido.
Despido sin Justa Causa
Empleador
Artículo 245
- Remuneración proporcional a los días trabajados en el mes.
- SAC proporcional.
- Vacaciones No Gozadas proporcionales.
- SAC sobre Vacaciones No Gozadas.
- Indemnización Sustitutiva de Preaviso (en elcaso de que no se hubiera otorgado el preaviso).
- Indemnización por Antigüedad
- Indemnización Integración Mes de Despido.
- Otras indemnizaciones:
* contempladas en el Convenio Colectivo de la actividad que se trate si correspondiera.
* la dispuesta por el artículo 16 de la Ley Nº 25.561 y normas complementarias, si correspondiera.
Es la extinción del contrato de trabajo decididapor el empleador sin necesidad de mencionar alguna causa o motivo.
El empleador debe notificar por escrito al trabajador su decisión.
Si el despido se produce durante el período de prueba, no corresponde abonar indemnización alguna pero sí es obligatorio preavisar.
Voluntad de las partes (mutuo acuerdo)
Ambas partes
Artículo 241
- Remuneración proporcional a los días trabajados en el mes.
- SAC...
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