F11001032500019990010801PARAADJUNTARSENTENCIA20120116095622
Páginas: 13 (3031 palabras)
Publicado: 19 de diciembre de 2015
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA - SUBSECCIÓN “A”
Consejero Ponente: Dr. ALFONSO VARGAS RINCÓN
Bogotá D.C., diciembre siete (7) de dos mil once (2011).
No. de Referencia: 11001032500019990108 00
No. Interno: 1569-1999
Autoridades Nacionales
Actor: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.-
ANTECEDENTES
La Nación - Ministerio de Relaciones Exteriores, enejercicio de la acción consagrada en el artículo 84 del C.C.A., demandó del Consejo de Estado la nulidad de la Resolución No. 016 del 19 de febrero de 1.999, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por medio de la cual se revocó la decisión de la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular de ese Ministerio, contenida en las actas 374 del 30 de marzo y 381 del 22 demayo, ambas de 1998, en relación con la calificación insatisfactoria de servicios en el cargo de tercer secretario de relaciones exteriores, código 3076, grado 08, del señor Manuel Ricardo Cortés Rodríguez.
Como disposiciones violadas se citaron las siguientes:
Constitución Política: artículo 130
Ley 153 de 1887: artículo 40
Decreto 10 de 1992: artículos 9, 19, 70 y 71
Ley 27 de 1992: artículos 12y 14
Decreto 1222 de 1993: artículo 25
En el concepto de violación expresó que con la expedición de la resolución acusada, la Comisión Nacional del Servicio Civil desconoció la competencia exclusiva que en ese momento tenía la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores para conocer en única instancia de las evaluaciones de los funcionariosde carrera diplomática.
Agregó que si bien la Corte Constitucional ha determinado cuáles carreras tienen el carácter de especial, entre las que no se encuentra la carrera diplomática y consular, ésta se rige por sus propias normas, en cuanto a ingreso, permanencia, evaluaciones, retiro y demás aspectos propios de la misma, que le dan un carácter particular y las excluye a su vez de la aplicaciónde las normas generales de la carrera administrativa.
Así mismo, señaló que los hechos objeto de litigio sucedieron bajo la vigencia de la Ley 27 de 1.992 y el Decreto 1222 de 1.993, cuando la Comisión Nacional del Servicio Civil carecía de competencia para conocer en segunda instancia de las decisiones de las comisiones de personal, facultad atribuida por la Ley 443 de 1.998 y elDecreto Reglamentario 1568 de 1.998.
Finalmente sostuvo que el acto administrativo respecto del cual asumió conocimiento la Comisión Nacional del Servicio Civil se hallaba en firme, vulnerando así el artículo 40 de la Ley 153 de 1.887, en tanto ya se había proferido y resuelto el recurso que agotó la vía gubernativa, recordando igualmente que las normas que establecen instancias como requisito paraagotar la vía gubernativa son preceptos procedimentales.
CONTESTACION DE LA DEMANDA
El Departamento Administrativo de la Función Pública consideró que la Resolución No. 016 del 19 de febrero de 1999 se ajustó a derecho y para ello expuso los siguientes argumentos:
La Comisión Nacional del Servicio Civil no carecía de competencia para adoptar la decisión impugnada, pues esa facultad se laconfirió el artículo 55 del Decreto 1568 de 1.998, el cual se ajustó a la Ley 27 de 1.992, normas que se encontraban vigentes cuando avocó conocimiento del asunto.
De conformidad con el numeral 8° del artículo 4° de la Ley 443 de 1.998, la entidad podía revisar en cualquier momento, de oficio o a petición de parte, las decisiones de los organismos previstos en los sistemas específicosde carrera, velando por el desarrollo y aplicación de la respectiva normatividad; y que, en ejercicio de la citada competencia, la Comisión Nacional del Servicio Civil podía confirmar, modificar o revocar las decisiones de dichos organismos.
De otro lado, señaló que de acuerdo con la sentencia de la Corte Constitucional (C-372 del 12 de junio de 1.999), la entidad no puede ser parte en...
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